Notificacion
Fecha de disposición | 27 Octubre 2015 |
Fecha de publicación | 27 Octubre 2015 |
Sección | VII- AVISOS OFICIALES |
Número de Gaceta | 20151027 |
DIRECCION PROVINCIAL
DE PROMOCIÓN DE LOS
DERECHOS DE LA NIÑEZ
ADOLESCENCIA Y LA FAMILIA
Por disposición de la Señora Directora Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez Adolescencia y la Familia Santa Fe, en los autos: “S/ MEDIDA DE PROTECCIÓN EXCEPCIONAL GUADALUPE MERCEDES BEATRIZ ROMAN. LEGAJO SIGNA Nº 10201”, el Expediente Nº 01503-0003278-3 del Registro del Sistema de Información de Expediente- Equipo de Atención y Diagnóstico Nodo Santa Fe-; se cita, llama y emplaza a la Sra. Sonia Patricia CASTILLO, con D.N.I. 21.818.429, con domicilio real desconocido; notificándola a tal fin que se ha ordenado lo siguiente: Disposicion N° 000123, Santa Fe, “Cuna de la Constitución”, 28 de julio de 2015... VISTO... CONSIDERANDO... DISPONE: ARTÍCULO 1°: Adoptar Resolución Definitiva de la Medida de Protección Excepcional de Derechos, conforme a las normativas legales establecidas en la Ley Provincial Nº 12.967 en su Art. 51 tercer párrafo y su Decreto Reglamentario Nº 619/2010 y su modificatoria Ley Provincial N° 13.237 en sus arts. 51, 66 bis, ter y quater, que tiene por sujeto de protección al niño RODRIGO ALEJANDRO MUÑOZ, D.N.I. N°43.955.588, fecha de nacimiento 14 de marzo de 2002, de trece años de edad, siendo sus progenitores en ejercicio de la responsabilidad parental, la Sra. María Daniela Romero, D.N.I. N° 29.354.868, con domicilio en calle Primera Junta Nº 1322 de la Ciudad de Gálvez, Provincia de Santa Fe y el Sr. Edilberto Dalmacio Muñoz, D.N.I Nº 22.453.091, con domicilio actual desconocido. Que que la Resolución Definitiva de la Medida de Protección Excepcional, tiene por objeto regularizar la situación legal de el niño referido, sugiriéndose el otorgamiento de guarda judicial a favor de la Sra. María Fernanda Romero, D.N.I Nº 27.967.358, domiciliada en calle Río Negro Nº 7233 -Bº San Agustín II- de la Ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe.- ARTICULO 2: Que durante el transcurso de la Resolución Definitiva de la Medida de Protección Excepcional, la contención y el abordaje de la problemática social, continuarán siendo ejercidos por el Equipo de Atención y Diagnóstico Nodo Santa Fe, dependiente de la Subsecretaría de la Niñez, Adolescencia y Familia Santa Fe, en coordinación y articulación con los referentes del primer nivel, hasta tanto se resuelva la situación definitiva de este.- ARTICULO 3: Desde la Subsecretaría de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia, se efectuará el procedimiento destinado a la...
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