Notificacion

EmisorMinisterio de Trabajo y Seguridad Social
Fecha de la disposición23 de Octubre de 2015

Por disposición del Sr. Director General Dirección Regional Santa Fe del de la Provincia de Santa Fe en el Expediente Administrativo n° 01603 - 0079343-0 "Miguel A Cancia e Hijo SRL x Superinten si Se Libra Orden de Inspección Gral. A la firma mencionada" se ha dispuesto conforme lo prevé el art. 20 inc. e) del Decreto-Ley n° 10.204/58 notificar al sumariado:

VICENTIN SAIC CUIT: 30-50095962-9 por edictos en Boletín Oficial del contenido de la Resolución N° 1000/15 dictada por el Sr. Director Regional Santa Fe, de la Dirección Regional Santa Fe dependiente del Ministerio de Trabajo y S.S. Santa Fe y cuya parte pertinente se transcribe a continuación: Resolución N° 1000/2015, Santa Fe Cuna de la Constitución Nacional, 08 de Junio 2015. VISTO:... CONSIDERANDO:... RESUELVE: PRIMERO: Sancionar a la firma Miguel Angel Cancian e Hijos SRL, CUIT: 30-71035609-9, cuya actividad principal es la servicios relacionados con la construcción, con domicilio legal en calle Cangallo 915, Oficina 1 de la Ciudad de Resistencia, Provincia de Chaco, en su carácter de contratista principal y en forma solidaria a sus directores, gerentes, síndicos, miembros del consejo de vigilancia, administradores, mandatarios o representantes que hubiesen intervenido en el hecho sancionado y a la firma VICENTIN SAIC - CUIT: 30-50095962-9 con domicilio legal en calle Amenabar N° 2785 de la ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe y domicilio real y fiscal en calle 14 N° 495 de la localidad de Avellaneda, provincia de Santa Fe y en forma solidaria a sus directores, gerentes, síndicos, miembros del consejo de vigilancia, administradores, mandatarios o representantes que hubiesen intervenido en el hecho sancionado, según lo establecido en el art. 41 y 51 bis de la Ley Provincial N° 10468/89, con una MULTA de PESOS VEINTICUATRO MIL ($ 24000) por las infracciones cometidas en los puntos 3°, 4°, 6°, 7°, 8° y 9° de la presente Resolución por violación a lo dispuesto e: 1) arts. 10 y 11 del Dto. N° 911/96, (punto 3°); 2) Art. 3 Res. SRT 299/11, Art. 1 inc. e) y l) del Decreto Nº 231/96 y art. 28 inc. h) Dto. 170/96...

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