Notificacion

EmisorDirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia
Fecha de la disposición11 de Junio de 2015

Por disposición de la Señora Directora Provincial de Prom“S/ MEDIDA DE PROTECCION EXCEPCIONAL PARA EL NIÑO VERON SHEILA ANDREA Y OTROS.-”, del Registro del Sistema de Información de Expediente Nº 01503-0002480-9, del Equipo de Atención y Diagnostico Distrito Noroeste -Barranquitas; se cita, llama y emplaza al Sr. Rodolfo Antonio VERON con D.N.I. 22.627.332 con domicilio real desconocido; notificándolo a tal fin que se ha ordenado lo siguiente: Disposicion N° 000091, Santa Fe, “Cuna de la Constitución”, 26 de mayo de 2015... VISTO... CONSIDERANDO... DISPONE: ARTÍCULO Nº 1: Se adopta la Prórroga de la Medida de Protección Excepcional, conforme a las normativas legales establecidas en la Ley Provincial Nº 12.967 y su correlato en la Ley Nacional Nº 26.061, que tiene por sujeto de protección a los niños VERON MARTIN ANTONIO EXEQUIEL, quien acredita su identidad con el D.N.I. Nº 46.040.701, nacido el 26 de septiembre del 2004, de 10 años de edad, VERON SHEILA ANDREA, quien acredita identidad con DNI Nº 49.039.411, nacida el el 26 de septiembre de 2008, de 6 años de edad, VERON MARCOS GABRIEL, quien acredita identidad con DNI Nº 46.966.353, nacido el 18 de diciembre de 2005, de 9 años de edad, VERON LEYLA NAHIR, quien acredita identidad con DNI Nº 44.780.998, nacida el 06 de mayo de 2003, de 11 años de edad, GALARZA MAYRA AYELEN, quien acredita identidad con DNI Nº 43.573.059, nacida el 14 de septiembre de 2001, de 13 años de edad, siendo la progenitora de todos ellos, en ejercicio de la patria potestad la Sra. Pedrozo Mirta Andrea, quien acredita su identidad con DNI. Nº 26.152.944, domiciliada en calle Dr. Troncoso 8177 de la ciudad de Santa Fe y siendo el progenitor de la niña Galarza Mayra Ayelen, el Sr. Galarza Roberto Cándido, quien acredita identidad con DNI Nº 22.193.124, de quien se descocnoce domicilio actual y siendo el progenitor de los niños Veron, el Sr. Veron Rodolfo Antonio, quien acredita identidad con DNI Nº 22.627.332, de quien se desconoce domicilio actual. Que la Prorroga de la Medida de Protección Excepcional, tiene por objeto regularizar la situación legal de los niños, ante el vencimiento de los plazos protocolares de la medida de protección excepcional, continuando con la separación transitoria de la convivencia de sus progenitores, continuando el alojamiento temporal de acuerdo al art. 52, inc. 1 y 2, en el Sistema Alternativo Institucional. ARTICULO Nº 2: La Prórroga de la Medida de Protección Excepcional se establece...

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