Notificacion

EmisorDirección Provincial de Vialidad
Fecha de la disposición31 de Octubre de 2014

DIRECCION PROVINCIAL

DE VIALIDAD

En relación a los autos administrativos Nº 16102-0025861-6 y su agregado Expediente n° 16101-0101495-9, del Registro del Sistema de Información de Expedientes, caratulados Acta de Constatación de Infracción Nº 1424 de fecha 27/03/2009 se procede a notificar fehacientemente por este medio conforme lo preceptuado en los artículos 20º inc. e) y 28° del Decreto Nº 10.204/58, a los Sres. Sandro Gustavo Vélez con último domicilio conocido en Sarmiento 1187 de la localidad de Tancacha, Provincia de Córdoba, y Armando Edmundo Viale con último domicilio conocido en Entre Ríos Nº 643 de la localidad de Tancacha, Provincia de Córdoba, de lo establecido en la Resolución N° 2075 dictada el 30 de Diciembre de 2009, por el Tec. Juan Manuel Rafael de Córdoba, Sub-Administrador General de la Dirección Provincial de Vialidad, por ausencia del Sr. Administrador General, y de lo establecido en la Resolución N° 315 de Fecha 16 de Abril de 2014, dictada por el Ing. Juan José Bertero, Administrador General de la Dirección Provincial de Vialidad, respectivamente, y que textualmente es su parte pertinente expresa lo siguiente: Resolución N° 2075/2009 Visto … y Considerando … Resuelve … : “ARTICULO 1°.- Aprobar el Acta de Infracción N° 1424 de fecha 27/03/09, conforme lo dispone la legislación vigente. ARTICULO 2º.- Intimar al conductor el Sr. Vélez Sandro Gustavo, con domicilio en Sarmiento Nº 1187 de la localidad de Tancacha, el transportista Viale Armando Edmundo con domicilio en Entre Ríos N° 643 de la localidad de Tancacha, Provincia de Córdoba, y Cargador Vica S.R.L. con domicilio en Francklin 178 de la localidad de Almafuerte Provincia de Córdoba, para que en el plazo perentorio e improrrogable de 20 días de recibida la presente, abonen la suma de $ 6.644,29 (PESOS SEIS MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y CUATRO CON 29/100) con más el 1% de interés mensual desde la fecha en que se cometió la infracción y hasta su efectivo pago, bajo apercibimiento de precederse a la ejecución por vía judicial. El pago deberá efectuarse en el domicilio de la Dirección General de Finanzas y Presupuesto de la Dirección Provincial de Vialidad...

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