Notificacion

EmisorMinisterio de Salud
Fecha de la disposición11 de Agosto de 2010

Se notifica por este medio, que en los autos Caratulados: “MINISTERIO DE SALUD Ref.: Nota 14095/09. s/Creación del Registro de Objetores de Conciencia Dependiente de la Dción. Pcial. de Mat. e Infancia s/Práctica y Acciones de la Salud Sexual y Reproductiva” Expte. N° 00501-0103636-5, se ha dictado la Resolución 843 de fecha 28 de abril de 2010, que en lo pertinente expresa:

ARTICULO 1°

Créase el Registro de Objetores de Conciencia en todo el sistema sanitario de la Provincia de Santa Fe, el que funcionara en el ámbito de la Secretaría de Salud.

ARTICULO 2º

Establécese como requisito imprescindible para ser incluido en el Registro creado por el artículo precedente, que el objetor suscriba una declaración acorde a un formato tipo que le será provisto por la Secretaría de Salud a través de la Dirección del servicio de salud en el que se desempeñe. En dicha manifestación los profesionales deberán comprometerse a ejercer la objeción en ámbitos asistenciales tanto públicos como privados.

ARTICULO 3°

Dispónese que la Sectorial Informática de este Ministerio tendrá a su cargo el desarrollo de un sistema web que concentre los datos del registro en una base central que tomara carácter de información pública tal como establece la legislación vigente.

ARTICULO 4°

Establécese en noventa (90) días el plazo limite para registrar la objeción respectiva, para permitir disponer el reemplazo del objetor, de modo de garantizar el acceso efectivo y oportuno a las prestaciones requeridas por la población. Vencido dicho plazo no existirá objeción alguna y por tanto el deber de actuar de los profesionales. En los casos de nuevos ingresos a la Administración Pública Provincial, se implementará un formulario de adhesión a través de la Dirección Provincial de Recursos Humanos.

ARTICULO 5°

Dispónese que los responsables, responsables de gestión, directores y jefes de servicios de los establecimientos sanitarios deberán realizar...

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