Notas epistemológicas sobre la ley 25.844

AutorJorge A. Ripani (h.)
Ripani (h.), Notas epistemológicas sobre la ley 25.844
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Notas epistemológicas sobre la ley 25.844*
Una investigación sobre el espíritu de la ley
que establece el “día del pensamiento nacional”
Por Jorge A. Ripani (h.)
1. Consideraciones generales
La ley 25.844 establece una fecha del año calendario como “día del pensamiento
nacional” en homenaje a Arturo Jauretche.
En primer lugar, tratamos de dilucidar cómo un determinado pensamiento puede
ser catalogado de “nacional” de acuerdo a la ley. Es decir, cuál o cuáles son las ca-
racterísticas para alcanzar dicha inscripción. Para ello, examinamos la ideología del
impulsor de la ley, el contexto político en el cual es emanada, la vida y obra del autor
homenajeado y el pensamiento de otros autores que exploran el problema de lo na-
cional, relacionándolos entre sí.
Por otra parte, estudiamos las características que debe revestir un pensamiento
de este tipo para vertebrar un saber científico en el marco de las ciencias sociales.
Para ello investigamos la relación entre “pensamiento” y “saber científico” y analiza-
mos los textos de diversos epistemólogos, también vinculándolos entre sí.
Sintetizando la introducción, enfocamos el trabajo en caracterizar lo nacional de
un pensar de acuerdo a la ley y en determinar los requisitos que pensamos que éste
debe poseer para constituir un saber científico en el marco de las ciencias sociales.
2. El carácter nacional de un pensamiento según la ley
a. Texto legal
El texto completo de la ley 25.844 establece: “Artículo 1° – Institúyese el día 13
de noviembre ‘día del pensamiento nacional’, en homenaje al nacimiento del escritor
y pensador D. Arturo Martín Jauretche.
Art. 2° – Declárase de interés nacional las actividades relacionadas con lo nor-
mado en el artículo 1°.
Art. 3° – Requerir del Consejo Federal de Educación la incorporación de todos
los temas relativos a la vida y a la obra del escritor en los contenidos básicos comunes
de la EGB y Polimodal.
Art. 4° – Invítase a las provincias, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a los
municipios a adherir a las propuestas de la presente ley”.
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* Bibliografía recomendada.
Ripani (h.), Notas epistemológicas sobre la ley 25.844
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b. Pensamiento del impulsor de la ley
§ 1. Pensamiento. Recalde señala que “pensar” es aquella actividad intelectual
que intenta alcanzar la resolución de un problema1. Siempre que hablamos de pensa-
miento, lo hacemos en relación a esta noción.
§ 2. El impulsor de la ley. Esta ley es impulsada políticamente y luego promul-
gada en 2004 por el entonces presidente Néstor Carlos Kirchner. Aquí encontramos
uno de los aspectos que pueden contribuir a la interpretación del carácter nacional de
acuerdo a la normativa. Kirchner desde la etapa juvenil hasta su muerte, transita las
filas del movimiento justicialista.
§ 3. Justicialismo. El justicialismo a menudo es utilizado como sinónimo de pe-
ronismo, pues su fundador y conductor político e intelectual es Juan Domingo Perón.
A pesar de que nos resulta un tanto desproporcionada la calificación de Fermín
Chávez acerca de que aquél es un “verdadero epistemólogo”2, debemos considerar
en la justa medida sus libros porque además es un docente y escritor que ejerce tres
veces la Jefatura Suprema de la Nación y es el firmante del decreto de “Creación del
Consejo Nacional de Investigaciones Técnicas y Científicas (hoy CONICET)”3 “n°
9695 del 17 de mayo de 1951… refrendado por los ministros Raúl Mendé, Humberto
Sosa Molina y Armando Méndez San Martín, donde puede identificarse el primer an-
tecedente de una institución dedicada exclusivamente al desarrollo del quehacer cien-
tífico tecnológico nacional”4. Este autor escribe las “20 verdades peronistas” que cons-
tituyen el corazón de la doctrina. Textualmente las “verdades” número ocho, nueve y
dieciocho dicen: “8) En la acción política la escala de valores de todo peronista es la
siguiente: Primero la Patria, después el Movimiento y luego los hombres. 9) La polí-
tica no es para nosotros un fin, sino sólo el medio para el bien de la Patria, que es la
felicidad de sus hijos y la grandeza nacional… 18) Queremos una Argentina social-
mente justa, económicamente libre y políticamente soberana”5. Observamos que el
carácter nacional se encuentra relacionado con el de “patria” y “soberanía”. En este
punto recordamos que Perón distingue las ideologías en “foráneas” y “de propia crea-
ción”: “Debemos tener en cuenta que la conformación ideológica de un país proviene
de la adopción de una ideología foránea o de su propia creación”6. Y que se manifiesta
a favor de la propia creación. Consecuentemente hay un planteo de “ubicuidad de la
conducción” que se resume de la siguiente manera: “No se conduce lo mismo a los
argentinos que a los suecos o a los noruegos o a los lapones. Hay también en eso un
don de ubicuidad en la conducción sin el cual fracasa irremisiblemente. Es decir, que
en esto, como no hay métodos, tampoco hay sistemas ni recetas para conducir,
 
1 RECALDE, ARITZ, Pensamiento nacional y cultura, www.rebelion.org/docs/171193.pdf.
2 CHÁVEZ, FERMÍN citado por PESTANHA, FRANCISCO, Juan Domingo Perón: un epistemólogo del
tercer mundo, www.peronvencealtiempo.com.ar/65-adoctrinando/textos-para-adoctrinamiento/681-
juan-domingo-peron-un-espistemologo-del-tercer-mundo.
3 MUSEO DE CASA ROSADA, Juan Domingo Perón-I (1946-1952), www.casarosada.gob.ar/informa-
cion/discursos/18-nuestro-pais/galeria-de-presidentes/441-juan-domingo-peron-i-1946-1952.
4 ATRIO, JORGE L., Conicet. Ciencia y tecnología para el desarrollo, Bs. As., Nacional Editora &
Impresora, 2006, t. I, p. 42 y 43.
5 PERÓN, JUAN D., Las 20 verdades peronistas, www.elhistoriador.com.ar/movimiento-peronista-
consejo-superior-las-20-verdades-peronistas.
6 PERÓN, JUAN D., El modelo argentino. Proyecto nacional, Rosario, Pueblos del Sur, 2002, p. 29.

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