Sentencia definitiva nº 943/01 de Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 27 de Agosto de 2002

Fecha de Resolución27 de Agosto de 2002
EmisorTribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Causa 943/01 "Tribunal de Superintendencia del Notariado. Inspección Registro Notarial nº 368 de la Capital, Adscripta Interina a cargo de la escribana A.M.S., Protocolo año 1999 complementaria"

Sumario: Recurso de apelación. Antecedentes disciplinarios. Sanción de suspensión.

La crítica de la apelante se construye sobre una inexactitud, puesto que no es cierto que la normativa exija "la existencia de antecedentes" de parte del sancionado para que se le pueda aplicar la pena examinada. En efecto, el art. 151, inc. b, de la ley nº 404 dispone que "La suspensión hasta tres meses, inclusive, será aplicada por reiteración de las faltas previstas en el inciso anterior, por irregularidades de relativa gravedad o por resolución del Consejo Directivo por falta de pago de más de dos de las cuotas o aportes establecidos en el artículo 131 de esta ley …".

(TSN, Causa 943/01, "Tribunal de Superintendencia del Notariado. Inspección Registro Notarial nº 368 de la Capital, Adscripta Interina a cargo de la escribana A.M.S., Protocolo año 1999 complementaria")

Sumario: Recurso de apelación. Antecedentes disciplinarios. Sanción de suspensión.

La sanción no se apoyó en el antecedente disciplinario que cita la notaria, sino en la reiteración de faltas. Es más, en el Resulta expresamente se hizo mención a que la sanción disciplinaria de 4 días aplicada por el Colegio...

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