Por Norma Angela Ruzicki

EmisorJuzgado de Primera Instancia
Fecha de la disposición10 de Noviembre de 2011

POR

NORMA ANGELA RUZICKI

Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito N° 1 en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación de la ciudad de Santa Fe; en los autos caratulados: (Expte. 1294 Año 2010)- Sindicato de Obreros y Empleados de la Industria Maderera de Santa Fe y Ot. c/33-58971277-9 s/Pedido de Quiebra. Se ha dispuesto que la martillera Norma Angela Ruzicki, matrícula 735, CUIT. 27-20180356-5 proceda a vender en pública subasta el día 21-11-2011 desde las 10,00 horas a 14,00 horas, y si no se alcanza a terminar con la totalidad de los lotes se proseguirá el día hábil siguiente si aquél resultare inhábil a la misma hora en el inmueble sito en calle Las Heras 4667 y calle Las Heras 4670 de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe a continuación se transcribe la parte pertinente del decreto que así lo ordena Santa Fe, 01 de noviembre de 2011. Ratifícase el proveído de fecha 31.10.2011 (fs. 804). Proveyendo el escrito cargo n° 12074: Para que tenga lugar la venta en pública subasta de los bienes individualizados en la planilla que se adjunta salvo el lote nº 207, por no constar inscripto dicho bien a nombre de la fallida, con los alcances informados en cada caso por el registro correspondiente, señálase el día 21.11.2011 a las 10.00 horas, ó el día siguiente hábil si aquél resultare feriado, con la previsión de que si para las 14:00 horas del día indicado no se terminará el acto, proseguirá la subasta el día siguiente hábil a las 10.00 horas, en el mismo lugar y con idénticas condiciones. La subasta se realizará, en primer lugar, en el inmueble sito en calle Las Heras 4667, y, en segundo término y en forma inmediata posterior, en el inmueble de calle Las Heras 4670. Los bienes saldrán a la venta sin base y al mejor postor. Quien resulte comprador deberá abonar en dinero efectivo el 100% del importe y la comisión de ley del martillero del 10%. No se admitirá la compra en comisión. Los impuestos, tasas y contribuciones que adeudare cualquier bien son a cargo del adquirente a partir de la fecha de subasta, como asimismo el impuesto a la compraventa y demás impuestos que en su caso correspondiere. Se encuentran agregados en autos, informes, constatación demás documental informativa, sirviendo la misma de suficiente título, no admitiéndose reclamo alguno por falta e insuficiencia de los mismos después del remate; Publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL, Ley 11287 y acordada respectiva de la Excma. Corte Suprema de Justicia. Asimismo, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 208 de la Ley 24522, publíquense edictos en el diario. El Litoral y dos avisos en el dicho diario, uno en el diario La Capital de la ciudad de Rosario, uno en el diario El Colono de la localidad de Esperanza y uno en el periódico La Opinión de Rafaela, todos en día domingo. Asimismo, confecciónese un cartel de publicidad que se colocará en el inmueble de calle Las Heras Nº 4670. Autorízase la confección de 4000 volantes de publicidad, con cargo de oportuna rendición de cuentas. Establécese que tres días hábiles antes de la subasta, en el horario de 11.00 horas a 17.00 horas los bienes estarán en exhibición en el lugar de la subasta. Se hará saber en los edictos respectivos, los términos de las constataciones realizadas en autos. Fecho, y aprobada que fuera el acta de subasta, se comunicará a los registros pertinentes. Hágase saber que los bienes muebles, maquinarias, herramientas y maderas se retiraran en el estado en que se encuentran y por cuenta y riesgo del adquirente, debiendo traer la maquinaria y personal necesario para el retiro; que los vehículos se entregarán con la verificación vehicular, lo que tendrá un costo extra para el adquirente de $ 180, y las baterías serán retiradas del vehículo y subastadas por unidad; que, respecto de los automotores, una vez cancelado aprecio se podrán retirar con un auxilio de camilla remolque, estando prohibida expresamente circular los vehículos hasta tanto se obtenga título y tarjeta verde, siendo el traslado con las obligaciones y deberes de depositario judicial, para lo que se denunciara el domicilio en el acto de remate. Se dará a los adquirentes turnos para retirar los bienes en los días subsiguientes al acto, y en el caso de las maquinarias pesadas, de ser necesario romper mampostería o piso, se deberá dejar, en lo posible, las cosas en el estado en que se encontraban. Requiérase a la Secretaria de la Corte Suprema de Justicia la provisión del personal de seguridad necesario para el acto, con la sugerencia efectuada por la martillera, debiendo contarse, en su caso, con al menos, un personal femenino... Notifíquese. Fdo. Dr. Diego Raúl Aldao: juez. Dra. Alicia I. Roteta: secretaria. /// A continuación se detallan los bienes muebles que saldrán de acuerdo a la conformación de los siguientes lotes: Las Heras Nº 4670 -...

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