No banalizar el grave concepto de 'prisionero político'

Hace días que estamos presenciando una discusión sobre el concepto de presos políticos y cuál sería la forma institucional de proceder para el caso de que existieran en la Argentina. Lo primero que debemos decir es que el concepto de "preso político" no es del todo adecuado. La definición castellana correcta referiría a "prisionero político". Pero no nos detengamos en la semántica y avancemos sobre las pocas definiciones en la materia.La Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa definió en 2010 la noción de preso político (political prisoner) como una persona que se encuentra privada de su libertad, pero cuya forma de detención reúne al menos una de las siguientes características: infringe alguna de las garantías constitucionales y esto guarda relación con motivos políticos; fue impuesta por motivos estrictamente políticos sin relación con delito alguno; la duración de esa detención no guarda relación con la pena imponible fijada en la ley, o la persona detenida es tratada de forma discriminatoria por motivos políticos.Ese órgano europeo acuñó la definición al analizar casos sucedidos en Armenia, Azerbaiyán y la guerra civil en Namibia. En otras palabras, el concepto fue creado hace poco tiempo y en escenarios de extrema gravedad.En la Argentina este debate no es nuevo, sino que nos remonta al tiempo de la sanción de la Constitución nacional.En 1853 la Asamblea Constituyente se hizo cargo de las consecuencias de las guerras civiles previas, donde no faltaron los encarcelamientos, represalias y fusilamientos a quien fuera considerado enemigo por motivos políticos. El texto supremo abolió "para siempre la pena de muerte por causas políticas". Incluso fue más allá: eliminó la confiscación de bienes "para siempre del Código Penal argentino", usada como moneda corriente para la sanción política. Más adelante en el tiempo, desde el año 1994 los tratados internacionales de derechos humanos ratificados por la Argentina -por ejemplo, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos- garantizan la igualdad y la no discriminación por las opiniones políticas.La protección constitucional argentina hace entonces que todo preso o prisionero político deba ser considerado una víctima de la más grave forma de discriminación por motivo u opinión política. De esta manera, quien hoy sostenga la existencia de presos o prisioneros políticos estará también acusando -lo diga o no lo diga- un ejercicio discriminatorio por parte del sistema judicial...

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