Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III - SECRETARIA PENAL, 20 de Septiembre de 2021, expediente FLP 044779/2014/CA002
Fecha de Resolución | 20 de Septiembre de 2021 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III - SECRETARIA PENAL |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III
FLP 44779/2014/CA2
La Plata, 20 de septiembre de 2021.
VISTO: este expediente FLP
44779/2014/CA2, caratulado: “N.N., SEGOVIA, M.F.; BENVEGNU, J.C. s/ falsificación de documentos públicos, uso de documento adulterado o falso (art. 296)”, procedente del Juzgado Federal Nro. 1, S.N.. 1, de Lomas de Zamora;
Y CONSIDERANDO QUE:
I.A. de la causa.
1. Las principales alternativas del trámite están referidas en la anterior resolución de la Sala –de fs. 89/90 y vta., del 18 de febrero de 2020- a la que corresponde remitir por razones de brevedad.
De ella surge, en lo pertinente, que el 17 de abril de 2012 la Policía de la Provincia de Buenos Aires inspeccionó una agencia de remises ubicada en Adrogué y controló la documentación y los vehículos que trabajaban en el lugar.
También, que el Renault Kangoo con patente colocada HMW 468 tenía la numeración original del motor devastada con algún elemento abrasivo -y poseía regrabado el número 505577-;
que el número original del chasis estaba suprimido y resultaba ilegible; que carecía de stickers de seguridad; que los cristales tenían grabada la patente que poseía colocada el rodado -y no el código VIN-; que el número grabado en la torreta coincidía con el regrabado en el motor y; que las patentes instaladas eran apócrifas.
Durante el procedimiento arribó al lugar M.F.S. y, luego, J.C.B. (anterior dueño del vehículo) quien le Fecha de firma: 20/09/2021
Firmado por: M.A.M., SECRETARIA FEDERAL
Firmado por: R.A.L.A., Juez de Cámara Firmado por: C.A.V., JUEZ DE CAMARA
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III
FLP 44779/2014/CA2
entregara a la nombrada la documentación que ella exhibiera a los agentes y que se lista a continuación:
-
el título del automotor nro. 19538707
-que figura expedido el 20 de febrero de 2009, por el Registro Seccional nro. 3, de Resistencia,
Chaco- del que surge que el titular es G.F.V. y que tiene asociada la cédula nro.
31420173 (ver fs. 8 y vta.) y; b) la cédula del automotor con ese número -31420173- con fecha de expedición el 20 de febrero de 2009, también a nombre de G.F.V. (como titular).
Además, la señora S. presentó un informe de dominio que gestionara -expedido por el Registro Seccional nro. 4, de F.V.,
fechado el 23 de marzo de 2012- que informa que el rodado está radicado en Resistencia, que el titular es J.D.A. (junto a su cónyuge M.E.G., que el título automotor correspondiente es el nro. 025539626, y la cédula asociada, la nro. 6973569.
2. Los informes pedidos y las pruebas -especialmente las periciales- permitieron saber que tanto el título como la...
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