Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III - SECRETARIA PENAL, 21 de Febrero de 2019, expediente CCC 018572/2016/CA001

Fecha de Resolución21 de Febrero de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III - SECRETARIA PENAL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III CCC 18572/2016/CA1 9312/III La Plata, 21 de febrero de 2019.

AUTOS Y VISTOS: este expte. CCC 18572/2016/CA1, caratulado “GODOY, J.R. s/ hurto de automotor o vehículo en la vía pública”, procedente del Juzgado Federal de Quilmes, Secretaría Nro. 2; Y CONSIDERANDO QUE:

  1. El caso.

    Llegan las presentes actuaciones a esta Alzada en virtud del recurso de apelación deducido por la defensa de J.R.G., a fs.

    108/112 y vta., contra la decisión de fs. 104/106 y vta. mediante la cual se decretó su procesamiento en orden al delito de encubrimiento en los términos del art. 277 inc. 1) apartado c), agravado por el inc. 3) apartado b) del Código Penal, y se mandó a trabar embargo por la suma de diez mil pesos ($ 10.000).

  2. La causa.

    1. De la lectura del acta de procedimiento de fs. 27 y vta. se desprende que los efectivos H. y Luna -numerarios del CPC Quilmes- que recorrían su jurisdicción en prevención y disuasión de delitos y contravenciones en general, fueron alertados vía radial de la posible comisión de un ilícito en la zona, siendo que los autores estaban conduciendo en dirección a “Villa Los Álamos”. En ese contexto, al acercarse al lugar, observaron el desplazamiento de una motocicleta Honda XR125, color blanca sin chapas patente colocadas, conducida por un sujeto de sexo masculino, quien intentó evadir el control policial, motivo por el cual deciden seguirlo e interceptarlo a los fines Fecha de firma: 21/02/2019 Alta en sistema: 26/02/2019 Firmado por: C.A.V. , Firmado por: ANTONIO PACILIO, Firmado(ante mi) por: M.A.M., SECRETARIA FEDERAL #28179694#227355391#20190221110234789 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III CCC 18572/2016/CA1 9312/III de su identificación. Al serle requerida la documentación personal y del rodado, el sujeto adujo carecer de la misma. Sin perjuicio de ello se lo identificó como J.R.G..

      Luego, observaron los números de cuadro y motor del rodado resultando, a simple vista, que uno de los números estampados en el chasis lucía “remarcado”.

      Efectuada la consulta se determinó que la moto marca “Honda”, modelo XR125, color blanca, motor nro. JC30E6605049 en la que circulaba, registraba un “pedido de secuestro activo” de fecha 08 de abril de 2015, a solicitud de la Comisaría 20a de la P.F.A., por el delito de hurto en perjuicio de J.E.L. (fs. 36).

    2. Radicado el expediente en sede judicial, luego de que el Juzgado de Garantías N°

      1 del...

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