Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III - SECRETARIA PENAL, 3 de Octubre de 2017, expediente FLP 017444/2013/CA001

Fecha de Resolución 3 de Octubre de 2017
EmisorCAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III - SECRETARIA PENAL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III FLP 17444/2013/CA1 Plata, 3 de octubre de 2017.

VISTO: Este expediente FLP 17444/2013/CA1 “G.R.L. s/ Falsificación documentos públicos”, procedente del Juzgado Federal de Quilmes; Y CONSIDERANDO QUE:

  1. Llega la causa a esta Alzada con motivo del recurso de apelación interpuesto a fs.

    445/448 vta. por la defensa de R.L.G. contra la resolución de fs. 440/443 mediante la cual se dictó su procesamiento por hallarlo “prima facie” autor penalmente responsable del delito de estafa en concurso ideal con el delito de uso de documento público falso agravado por estar destinado a acreditar la titularidad del dominio (arts. 296 en función del 292 y 172 en función del 54 y , 45 del C.P.).

  2. Los agravios de la defensa pueden resumirse de la siguiente manera: i)no está

    probado que fuera su defendido quien vendió el vehículo a M. puesto que no se efectuó medida alguna –pericia- sobre el boleto de compraventa ni sobre el acta obrante en el libro de requerimiento ante la escribanía y ii) no se halla configurado el ardid en la estafa –engaño susceptible de generar error en la víctima- atento a que no obra en la causa el original del formulario 08.

    Por lo demás, se leen en el recurso interpuesto una serie de párrafos (fs. 447 vta., 448 y 449) donde se desarrollan los requisitos típicos de la falsificación de documentos.

  3. Previo resolver, se impone un breve repaso de los antecedentes del caso.

    1. L., cabe señalar que el hecho que se le atribuye a G. es el haber defraudado a K.L.M. el día 23 de Fecha de firma: 03/10/2017 Alta en sistema: 23/10/2017 Firmado por: C.A.N., Firmado por: C.A.V. , Firmado por: ANTONIO PACILIO, Firmado(ante mi) por: M.I., SECRETARIA FEDERAL #16516497#190006413#20171004082543804 agosto de 2012 al venderle el rodado marca Volkswagen, modelo Golf, año 1999, dominio CWT828, por la suma de pesos cuarenta ($40.000) mil, entregándole días después el formulario 08 control nº 29671635, con firmas falsas toda vez que el titular registral -H.M.L.- se encontraba fallecido desde el día 12 de enero de 2012, certificadas por la escribana L.E.G. del Registro Público de Escrituras nº 38 del Partido de Quilmes (el día 28 de agosto de 2012), mediante la actuación nº DAA12748879. Dicha documentación fue presentada el día 10 de septiembre de 2012 por K.L.M. ante la U.F.

  4. nº 1 de Laferrere del Departamento Judicial de Lomas de Z., con el objeto de solicitar la restitución del rodado que se encontraba secuestrado en el marco de la I.P.P. nº

    050100570712.

    2. Pues bien, las presentes actuaciones se iniciaron con la remisión de...

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