Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 3 de Noviembre de 2004, expediente Ac 92618

PresidenteRoncoroni-Soria-Hitters-Genoud-Pettigiani
Fecha de Resolución 3 de Noviembre de 2004
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

Ac. 92.618 "N., L. D. Insania".

//Plata, 3 de noviembre de 2004.

AUTOS Y VISTO:

Por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial nº1 de Pergamino, la Asesora de Incapaces inició juicio de insania respecto de L. D. N., disponiéndose por el magistrado la recepción de la prueba y la designación de curador provisorio.

Con posterioridad, la funcionaria planteó la incompetencia del órgano en virtud de haberse radicado el causante en la ciudad de Mar del Plata, a lo que el titular del Juzgado hizo lugar remitiendo la causa a esa jurisdicción.

Recibidas las actuaciones por el Tribunal de Familia nº 1 departamental, sede en la que tramitó la causa "N., D. s/Internación", éste no aceptó la radicación de los presentes obrados por cuanto, además de haber dispuesto la externación del presunto insano, consideró que debe entender el magistrado remitente en virtud del principio de prevención elevando el presente conflicto a esta Corte para su resolución (art. 161, inc. 2, C.. prov.).

Este Tribunal ha decidido que la prevención se da cuando alguno de los jueces o tribunales interviene en el proceso...

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