Niro Carmine y Otro Sobre Inf Ley 24769

Fecha de la disposición23 de Marzo de 2009

Capital Federal, hasta el día 5 de mayo de 2009. El funcionario presentará el informe que prevé el art. 35 de la ley 24.522 el día 18 de junio de 2009 y el prescripto en el art. 39 del mismo cuerpo legal el día 14 de agosto de 2009.

Asimismo se intima a la fallida y a su órgano de administración, para que dentro de las 24 hs haga entrega al síndico de todos sus bienes, papeles, libros de comercio y documentación contable perteneciente a su negocio o actividad, para que cumpla los requisitos exigidos por el art 86 de la ley 24.522 y a constituir domicilio dentro del radio del Juzgado. Intímese a terceros que tengan bienes y documentos de la quebrada en su poder a ponerlos a disposición de la sindicatura en el plazo de cinco días, prohibiéndose hacer pagos a la misma, los que serán considerados ineficaces. Publíquese por 5 días.

Buenos Aires, 11 de marzo de 2009.

Sonia A. Santiso, secretaria interina.

e. 19/03/2009 Nº 17895/09 v. 26/03/2009 JUZGADO NACIONAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO COMERCIAL Nº 25 a cargo del Dr. Horacio Francisco Robledo, Secretaría Nº 50 a cargo de la Dra.María Eugenia Soto, hace saber que con fecha 9 de marzo de 2009 ha sido decretadalaquiebradeFINKELSTEINMAURICIO S/QUIEBRA con CUIT Nº 30-67703535/4. Los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos pertinentes ante el síndico CONTADOR ANDRES VICENTE CARADONTI con domicilio constituido en la calle URUGUAY 485 PISO 10º A Capital Federal, hasta el día 18.05.09. El citado funcionario presentará el informe previsto por el art. 35 lcq el día 1.07.09 y el prescripto por el art. 39 lcq el día 28.08.09.

Asimismo se intima a la fallida y a su órgano de adminsitración, para que dentro de las 24 hs.

se haga entrega al síndico de todos sus bienes, papeles, libros de comercio y documentación contable perteneciente a su negocio o actividad y para que cumpla los requisitos exigidos por el art. 86 de la ley 24522. y constituya domicilio bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los Estrados del Juzgado. Intímase a terceros que tengan bienes y documentos de la quebrada en su poder a ponerlos a disposición de la sindicatura en el plazo de cinco días, prohibiéndose hacer pagos a la misma, los que serán considerados ineficaces. Publiquese por 5 días.

Buenos Aires, 12 de marzo de 2009.

María Eugenia Soto, secretaria.

e. 19/03/2009 Nº 17894/09 v. 26/03/2009 JUZGADO NACIONAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO COMERCIAL Nº 25 a cargo del Dr. Horacio Francisco Robledo, Secretaría Nº 50 a cargo de la Dra.María Eugenia Soto, hace saber que con fecha 6 de marzo de 2009 ha sido decretada la quiebra de SCARAMELLA JORGE HUGO S/ QUIEBRA (POR COOPERATIVA DE VIV CRED Y CONS DIELMAR LTDA) con CUIT Nº 30-67703535/4. Los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos pertinentes ante el síndico CONTADOR FRANCISCO FERNANDO ROVIRA con domicilio constituido en la calle VALLEJOS 4400

Capital Federal, hasta el día 7.05.09. El citado funcionario presentará el informe previsto por el art. 35 lcq el día 22.06.09 y el prescripto por el art. 39 lcq el día 19.8.09. Asimismo se intima a la fallida y a su órgano de adminsitración, para que dentro de las 24 hs. se haga entrega al síndico de todos sus bienes, papeles, libros de comercio y documentación contable perteneciente a su negocio o actividad y para que cumpla los requisitos exigidos por el art. 86 de la ley 24522.

y constituya domicilio bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los Estrados del Juzgado. Intímase a terceros que tengan bienes y documentos de la quebrada en su poder a ponerlos a disposición de la sindicatura en el plazo de cinco días, prohibiéndose hacer pagos a la misma, los que serán considerados ineficaces.

Publíquese por 5...

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