Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III - SECRETARIA CIVIL, 11 de Junio de 2019, expediente FLP 091075/2017/CA001

Fecha de Resolución11 de Junio de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA La Plata, 11 de junio de 2019.

Y VISTOS: este expte. FLP N° 91.075/2017, caratulado: “NICOMATXIPO S.A. c/ OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO s/ DAÑOS Y PERJUICIOS”, proveniente del Juzgado Federal de Primera Instancia N° 3 de Lomas de Z., Secretaría N° 10.

I.A..

Según surge de las constancias de la causa, estas actuaciones se iniciaron con la demanda de daños y perjuicios deducida por la firma Nicomatxipo S.A. contra la Operadora Ferroviaria S.E. a raíz del siniestro que involucró

a un camión de su propiedad –marca Ford dominio 000526- y la locomotora –marca General Motors modelo G12 CW N° A 620- del dominio de la última, en el predio del Taller del Ferrocarril Roca, ubicado en la calle 29 de Septiembre N° 3501, de la localidad de Remedios de Escalada, Partido de L., el 31 de mayo de 2016.

En lo que aquí interesa, cabe referir que la demandada Operadora Ferroviaria S.E., en el punto VIII de su contestación (fs. 191 vta.), solicitó la citación como tercero del señor M.Á.P., o quien resultare conductor del camión Ford –dominio 000526– al momento del siniestro.

  1. El juez de grado, a fs. 196, corrió

    traslado del pedido y la parte actora se opuso a la citación mencionada. Posteriormente, el magistrado consideró la solicitud y resolvió en los siguientes términos: “Admitir la citación del Sr. M.Á.P. o quien resultare conductor del vehículo Ford Cargo dominio 000526 al 31/05/16, en calidad de tercero (art. 94 del CPCCN). Consecuentemente, cíteselos por el término de QUINCE días con copias de la demanda y su contestación. N.. H. saber a la parte interesada que deberá activarla citación en el término de cinco días, bajo apercibimiento de tenerla por desistida del mismo”. Asimismo, suspendió el curso del proceso hasta que comparezca el tercero o venza el plazo concedido precedentemente (v. punto II de la decisión obrante a fs.

    200/201).

    Fecha de firma: 11/06/2019 Firmado por: C.A.V., juez de cámara Firmado por: ANTONIO PACILIO, Juez de Cámara Firmado por: P.M.L., Secretario federal #30979157#236605665#20190611124452646 También consta en la causa que la letrada de Operadora Ferroviaria S.E., el 30 de octubre de 2018, dejó la cédula de citación del señor Pistoia (v. fs. 203), que el juzgado la pasó a confronte y que su libramiento operó el 1°

    de noviembre del mismo año.

    La parte actora, el 5 de febrero del corriente año, solicitó que se tenga por desistida la citación del tercero dado que...

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