Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala Iii, 24 de Agosto de 2017, expediente CCF 008204/2016/CA002

Fecha de Resolución24 de Agosto de 2017
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala Iii

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA III Causa n° 8.204/2016/CA2 “New Yetem SA c/ D., J.O. y otros s/ medidas cautelares”. Juzgado n° 9, Secretaría n° 18.-

Buenos Aires, 24 de agosto de 2017.

Habiéndose recibido la documentación solicitada (ver fs. 94/95 vta.), la causa se encuentra en condiciones de resolver.

Y VISTO: el recurso de apelación interpuesto en subsidio por la actora a fs. 88 y vta., contra la providencia de fs. 87, mantenida a fs. 89; y CONSIDERANDO:

  1. ) Con fundamento en los elementos acompañados a fs. 4/40 –

    conf. particularmente las constancias de fs. 4 y 34/40–, la actora solicitó

    y obtuvo el dictado de una medida cautelar contra D. y/o J.O.D. y/o M.C., consistente en el inventario, secuestro y embargo de la mercadería identificada con el signo “TAC y/o Táctica de Combate y/o Juego de Estrategia de Guerra” existente en el establecimiento ubicado en la Avenida Corrientes 2294 3° piso oficina 16 de esta ciudad. Asimismo se ordenó el cese del uso y/o comercialización en los términos del artículo 50 del ADPIC (conf. fs.

    41/54, 55 y 57).

    Conforme a la constancia de fs. 75/76 vta., la medida fue trabada el 21 de diciembre de 2016.

  2. ) A fs. 86 bis y vta. la peticionaria denunció el incumplimiento de la orden cautelar de cese de uso. A efectos de acreditar dicha circunstancia adjuntó un juego de mesa denominado “TAC” junto con una factura de compra emitida el 18 de mayo de este año. Solicitó, además, que se impusiera a los destinatarios una sanción conminatoria por el incumplimiento registrado.

    Fecha de firma: 24/08/2017 Alta en sistema: 31/08/2017 Firmado por: G.A.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.G.R., JUEZ DE CAMARA #29173178#185530213#20170825130105861 Fue así que el juez dictó la providencia de fs. 87 mediante la cual intimó a la parte demandada para que cesara en esa conducta bajo apercibimiento de aplicar una multa diaria de $ 500 en caso de incumplimiento.

  3. ) Contra tal decisión la actora interpuso revocatoria con apelación en subsidio. Adujo que la orden de cese de uso ya había sido comunicada a los destinatarios, quienes no la habían cuestionado y que no correspondía entonces repetir la notificación, sino anoticiarlos de la multa impuesta (conf. fs. 88 y vta.).

    Dado que el magistrado mantuvo el criterio, concedió la apelación y ordenó la elevación de la causa (ver fs. 89 y 91).

  4. ) La factura...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR