Sentencia de SALA III, 14 de Julio de 2015, expediente CCF 011483/2002/CA001

Fecha de Resolución14 de Julio de 2015
EmisorSALA III

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA III Causa 11.483/02/CA1 “New Tree SA c/ Navicon SA y otros s/

faltante y/o avería de carga transporte marítimo”

En Buenos Aires, a los 14 días del mes de julio del año dos mil quince, hallándose reunidos en acuerdo los Señores Vocales de la Sala III de la Excma. Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal a fin de pronunciarse en los autos “New Tree SA c/ Navicon SA y otros s/ faltante y/o avería de carga transporte marítimo”, y de acuerdo al orden de sorteo el Dr. R. dijo:

  1. La sentencia de primera instancia hizo lugar a la demanda interpuesta por New Tree SA y, en consecuencia, condenó a AFT SA a abonar la suma de 254.422,58 pesos, con más sus intereses y las costas del juicio.

    Seguidamente, desestimó la demanda promovida contra Navicon SA, Transterminal SA, AVC SRL, Estado Nacional AFIP Administración Nacional de Aduanas, CHL Containers Line y Armadores y/o Fletadores y/o Propietarios del Buque Harmony Container, con costas (fs.760/766 vta.).

    Para así decidir, tuvo por debidamente acreditado que la empresa condenada transportó por vía terrestre 476 monitores color desde el puerto de Buenos Aires hasta el depósito fiscal como así también que el vehículo en el cual se transportaba el cargamento había sido víctima de un robo, con motivo del cual se había producido el faltante de mercadería en cuestión.

    Destacó que las partes se encontraban vinculadas por un contrato de transporte y que la demandada no había demostrado la existencia de algún eximente de responsabilidad. En consecuencia, concluyó que se encuentran configurados los elementos básicos que comprometen la responsabilidad del transportista.

    Fecha de firma: 14/07/2015 Firmado por: G.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.G.R., JUEZ DE CAMARA En relación a la cuantía del resarcimiento, ponderó

    el dictamen del perito tasador y concluyó que la acción debía prosperar por la suma de 254.422,58 pesos, con más los intereses que fijó.

  2. Apelaron la parte actora y la condenada, mas luego la Sala declaró desierto el recurso de la primera toda vez que no expresó agravios no obstante encontrarse debidamente notificada (ver fs.870). AFT SA, apeló a fojas 772, recurso que fue concedido libremente a fojas 773, expresó agravios a fs.867/869, los que fueron contestados a fs.871/873 y 875/877. M. asimismo recursos de apelación por los honorarios regulados, los que serán tratados por la Sala en conjunto al finalizar el...

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