Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala Iii, 20 de Abril de 2021, expediente CCF 004230/2014/CA002

Fecha de Resolución20 de Abril de 2021
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala Iii

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA III

Causa CCF 4230/2014 "NEURIM PHARMACEUTICALS 1991 LTD c/

INPI s/ DENEGATORIA DE PATENTE”. Juzgado 7, Secretaría 14.

Buenos Aires, 20 de abril de 2021.

Y VISTO:

La denuncia de hecho nuevo y el pedido de apertura a prueba en segunda instancia formulado por la actora en fecha 9 de febrero de 2021, el cual fuera contestado por la demandada el 22 de marzo de 2.021, y CONSIDERANDO:

  1. Habiendo sido dictado el 25 de noviembre de 2020 el pronunciamiento definitivo de primera instancia, y encontrándose éste apelado por la actora, dicha parte formuló –de modo previo a expresar agravios respecto de la cuestión de fondo- la denuncia de un hecho nuevo posterior a la providencia de autos a sentencia, que justificaría la apertura a prueba en segunda instancia.

    Manifestó que uno de los argumentos sostenidos en la acción de inicio a los fines de demostrar la patentabilidad del invento objeto de autos es la existencia de patentes concedidas para la misma invención, especialmente en la Unión Europea, las cuales invocan idéntica prioridad que la solicitud de patentes denegada por el INP

  2. En particular, refirió a la sentencia judicial de los tribunales ingleses -cuya copia y traducción adjunta-, por la cual el magistrado allí interviniente estableció que la patente EP 1 441 702 B1 de propiedad de la firma Neurim –idéntica a la que es objeto en este juicio- era válida, ya que se trataba de un invento totalmente novedoso y con altura inventiva.

    Sobre la base de ese presunto hecho nuevo denunciado, la accionante requirió también la apertura a prueba en segunda instancia (art.

    260, inc. 5, CPCCN), a fin de que el perito designado completase el informe con los datos recalados en el proceso judicial inglés y señalase al Tribunal,

    Fecha de firma: 20/04/2021

    Firmado por: R.G.R., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: F.A.U., JUEZ DE CAMARA

    con sustento en dicha evidencia científica, los méritos –altura inventiva y novedad- para el otorgamiento de la patente solicitada.

    En ocasión de presentar su responde, la demandada instó el rechazo de la pretensión, por considerarla improcedente, con costas.

  3. Un hecho nuevo resulta admisible cuando puede ser conducente para el esclarecimiento de la verdad jurídica, pues el objetivo primario de esta institución es que la controversia esté lo más actualizada posible al momento de dictar sentencia. La ley contempla -además de aquellos...

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