Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - SALA B, 6 de Mayo de 2015, expediente CIV 005248/2012/CA001

Fecha de Resolución 6 de Mayo de 2015
EmisorSALA B

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA B 5248/2012 N.S.D. c/ NEUHAUS ARIEL s/COLACION Buenos Aires, de mayo de 2015.- MPL Y vistos y considerando:

Contra el auto de fs.1416 por medio del cual el magistrado de primera instancia designó un perito ingeniero industrial de oficio y en consecuencia dejó sin efecto el llamamiento de autos para sentencia de f.1415, alza sus quejas el demandado. Presentó

memorial a fs.1417/1419.

Es sabido que las providencias dictadas en ejercicio de facultades que resultan privativas del órgano jurisdiccional (arts. 34 y 36 del Código Procesal) resultan inapelables (Conf. C.. Sala G 22/8/96 LL, t.1996-E-, p.657, n°39.048-S).

Asimismo, cabe poner de resalto que la pretensión intentada que la señora jueza de primera instancia decidió acerca de medidas probatorias, las que resultan alcanzadas por la directiva que emana del art. 379 del Código Procesal, que expresamente establece que las resoluciones sobre producción, denegación y sustanciación de pruebas resultan inapelables (cf. esta Sala B, R. 167.541 Porcu c/Línea 10 SA s/ds. y ps. del 9/05/95; R. 174. 203, B., E. c/B.A. s/nulidad del 20/07/95; R. 272.506, A.N.G. c/Prado H. s/filiación 18/06/99, entre otros).

Por los fundamentos expuestos y teniendo en cuenta que el Tribunal...

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