Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala III, 26 de Septiembre de 2017, expediente CAF 002880/2017/CA001

Fecha de Resolución26 de Septiembre de 2017
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala III

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL SALA III Causa Nº 2.880/2017: “NESPECA, W.A.E. Y OTROS c/ EN - M SEGURIDAD - PFA Y OTROS s/ AMPARO LEY 16.986

Buenos Aires, 26 de septiembre de 2017. SMM Y VISTOS; CONSIDERANDO:

I- Que, contra la sentencia del 7 de agosto de 2017, por la que la Sra. Juez de primera instancia decidió rechazar la presente acción de amparo, con costas en el orden causado, interpusieron recurso de apelación la parte actora y el Estado Nacional (v. fs. 225/7).

La actora aduce que -en autos- ha peticionado la declaración de inconstitucionalidad de las cláusulas de la ley 5688, que implican la derogación de hecho del art. 18 y concordantes de la ley 21.965. Indica que ha prestado servicios por más de diez años ininterrumpidos en la Policía Federal Argentina. Sostiene que -en autos- no se requiere debate ni prueba, ya que sólo una ley del Congreso Nacional puede derogar o modificar la ley 21.965, y hasta que eso no suceda, cualquier Convenio, Acta o ley local que pretenda derogar de hecho sus previsiones resulta ilegal. Destaca que ha ingresado a la P.F.A. en forma voluntaria, sujetándose a la normativa de ésta para desempeñar tareas, pero que la ley 5688 no sólo desconoce ese statu quo, sino que vulnera el principio constitucional de estabilidad del empleo público. Apunta que ha denunciado una ilegalidad manifiesta que no exige prueba ni debate, porque es una cuestión de puro derecho y de control constitucional. Señala que existen claros perjuicios que han sido detallados en el escrito de inicio de esta acción en lo relativo al régimen de ascensos, promociones y disciplinario, que no fueron considerados en la sentencia apelada. Considera que no existe otro Fecha de firma: 26/09/2017 Alta en sistema: 28/09/2017 Firmado por: J.E.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: S.G.F., JUEZ DE CAMARA Firmado por: C.M.G., JUEZ DE CAMARA #29389012#189021576#20170926120017809 Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL SALA III Causa Nº 2.880/2017: “NESPECA, W.A.E. Y OTROS c/ EN - M SEGURIDAD - PFA Y OTROS s/ AMPARO LEY 16.986

medio más idóneo que esta acción de amparo y que los temas en crisis no requieren de mayor prueba y debate (v. fs. 229/35).

Por su parte, el Estado Nacional cuestiona la distribución de las costas en el orden causado y solicita que sean impuestas en función del principio objetivo de la derrota (fs. 237/41).

A fs. 252/9, fs. 260/3 y fs. 264/5, obran los escritos de contestación de agravios que han sido presentados -respectivamente- por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, el Estado Nacional -Ministerio de Seguridad- y la parte actora.

A fs. 268/70, el Sr. Fiscal General opina que corresponde confirmar la sentencia apelada.

II- Que, inicialmente, corresponde recordar que -por regla- este Tribunal no se encuentra obligado a seguir al apelante en todas y cada una de las cuestiones y argumentaciones que propone a consideración de la Alzada, sino tan sólo aquéllas que son conducentes para decidir el caso y que bastan para dar sustento a un pronunciamiento válido (conf. C.S...

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