Nenica Food S.A S/quiebra (pedido por Ferias y Exposiciones Argentinas S.A.)

Fecha de la disposición31 de Diciembre de 2010

Viernes 31 de diciembre de 2010 Segunda Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.060 43 % 43 % N'° 20

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N'° 20 a cargo del Dr. Eduardo E. Malde SecretarÃa N'° 39 a mi cargo, en los autos caratulados: “Nilumax Service S.A. s/Quiebra” hace saber que con fecha 10/12/2010 se decretó la quiebra de Nilumax Service S.A. CUIT nro. 30-67786181-5 y que hasta el dÃa 13/4/11 los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación al sÃndico Nélida Liliana Cuñarro con domicilio constituÃdo en la calle Paraguay 1269 1'° “E” asà como los tÃtulos justificativos de sus créditos. El sÃndico presentará los informes previstos en los arts. 35 y 39 de la ley 24.522 los dÃas 31/5/11 y 14/7/11, respectivamente. ProhÃbese hacer pagos y/o entrega de bienes a la fallida so pena de considerarlos ineficaces, intimando a la fallida y a terceros que tengan bienes de la fallida para que los pongan a disposición del sÃndico dentro del quinto dÃa. Asimismo, intÃmase a la fallida para que dentro del quinto dÃa dé cumplimiento a lo dispuesto opr el artÃculo 88 inc. 3 y 4

LCQ. IntÃmase a la fallida y en su caso sus administradores a efectos de que dentro de las 48 hs.

constituya domicilio procesal bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los Estrados del Juzgado. Para ser publicado en el BoletÃn oficial por el término de cinco dÃas sin pago previo.

Buenos Aires, 16 de diciembre de 2010.

Ana V. Amaya, secretaria.

e. 28/12/2010 N'° 161311/10 v. 03/01/2011 % 43 % N'° 22

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N'º22, a cargo de la Dra. Margarita R.

Braga, SecretarÃa N'º44, a mi cargo, sito en M. T.

Alvear 1840 Piso 3'º de la Ciudad de Buenos Aires, comunica por cinco dÃas que el dÃa 17 de diciembre de 2010 se decretó la quiebra de EYP Comercial Atlántica SA CUIT/DNI: 30-70841798-6. El SÃndico desinsaculado es el Contador Esnaola Adriana Raquel con domicilio constituido en Paraná 489 Piso 2'º “10” Tel: 5811-1224, ante quien los acreedores podrán presentar las solicitudes de verificación hasta el dÃa 09 de junio de 2011. La Sindicatura presentará los informes previstos en los arts. 35 y 39 de la Ley 24.522 los dÃas 21 de julio de 2011 y 01 de septiembre de 2011 respectivamente.Se intima a cuantos tengan bienes de la fallida ponerlos a disposición del sÃndico en el término de cinco dÃas, prohibiéndose hacer pagos o entrega de bienes a la fallida, so pena de considerarlos ineficaces. IntÃmase al fallido y/o a sus administradores a constituir domicilio en el radio del Juzgado dentro del plazo de 48hs. bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los Estrados del Juzgado.

Buenos Aires, 22 de diciembre de 2010.

Pablo Caro, secretario.

e. 29/12/2010 N'º162059/10 v. 04/01/2011 % 43 % El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N'° 22, a cargo de la Dra. Margarita R. Braga, SecretarÃa N'° 44, a mi cargo, sito en M. T. Alvear 1840 piso 3'° de la Ciudad de Buenos Aires, comunica por cinco dÃas que el dÃa 6 de dicimbre de 2010 se decretó la quiebra de Ecostar S.A. CUIT/DNI: Cuit: 30-70968561-4.

EL SÃndico desinsaculado es el Contador Lisio Ricardo Jose con domicilio constituido en Habana 4315 2'° “I” Tel: 4642-3093, ante quien los acreedores podrán presentar las solicitudes de verificación hasta el dÃa 1 de junio de 2011. La sindicatura presentará los informes previstos en los arts. 35 y 39 de la ley 24.522 los dÃas 13 de julio y 24 de agosto de 2011 respectivamente.

Se intima a cuantos tengan bienes de la fallida ponerlos a disposición del sÃndico en el término de cinco dÃas, prohibiéndose hacer pagos o entrega de bienes a la fallida, so pena de considerarlos ineficaces. IntÃmase al fallido y/o a sus administradores a constituir domicilio en el radio del Juzgado dentro del plazo de 48 hs. bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Juzgado.

Buenos Aires, 17 de diciembre de 2010.

Pablo Caro, secretario.

e. 27/12/2010 N'° 160491/10 v. 31/12/2010 % 43 % El Juzgado Nacional de Primera Instancia...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR