Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala H, 23 de Marzo de 2023, expediente CIV 014274/2014

Fecha de Resolución23 de Marzo de 2023
EmisorCamara Civil - Sala H

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA H

14274/2014

NAVARRO, ANA Y OTRO c/ RIVERO, J.M. Y OTRO

s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

Buenos Aires, de marzo de 2023.- NR

AUTOS Y VISTOS:

En atención a lo solicitado se fijarán los honorarios del solicitante por la actuación cumplida ante esta Alzada de conformidad con las pautas de la ley 27.423(CSJN, 04-09-2018, “Establecimientos Las Marías S.A.C.I.F.A. c/Misiones, Provincia de s/acción declarativa, cons.

  1. ; íd. Esta Sala, 27/09/2018, “P., P.D.c., L.B. y otro s/daños y perjuicios”).-

A tales efectos, se tendrá en consideración el honorario regulado por su intervención en Primera Instancia, el valor, motivo, extensión y calidad jurídica de la labor desarrollada, la complejidad y novedad de la cuestión planteada, la responsabilidad que de las particularidades del caso pudieran derivarse para el profesional, el resultado obtenido, la trascendencia económica y moral del asunto que para el interesado revista la cuestión en debate, así como así como lo previsto por el art. 30

de la Ley 27.423.-

Bajo tales parámetros, se fija la retribución del Dr. P.S.N., letrado apoderado de la parte actora por la actuación cumplida ante este Tribunal que culminara con la sentencia definitiva de fecha 26/5/2022 en la suma de quinientos noventa y cinco mil pesos ($

595.000), equivalentes a la cantidad de 47,68 UMAs (valor conforme Ac. 3/23 CSJN) respectivamente.-

Fecha de firma: 23/03/2023

Firmado por: C.M.K., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: J.B.F., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: L.E.A.D.B., JUEZ DE CAMARA

Regístrese y notifíquese electrónicamente por Secretaría al peticionario. Cumplido, comuníquese al CIJ (Ac. 15/2013 y 24/2013

CSJN) y devuélvase.-

Fecha de firma: 23/03/2023

Firmado por: C.M.K., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: J.B.F., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: L.E.A.D.B., JUEZ DE CAMARA

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