Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba - CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA B - SECRETARIA CIVIL II, 21 de Junio de 2018, expediente FCB 042809/2015/CA001

Fecha de Resolución21 de Junio de 2018
EmisorCAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA B - SECRETARIA CIVIL II

Poder Judicial de la Nación CÁMARA FEDERAL DE APELACIONES DE CÓRDOBA SECRETARÍA CIVIL II – SALA B Autos: “LA NASA, GENEVA CORINNE s/SOLICITUD CARTA DE CIUDADANÍA”

En la ciudad de Córdoba, a 21 días del mes de Junio del año dos mil dieciocho, reunidos en Acuerdo de Sala “B” de la Excma. Cámara Federal de Apelaciones de la Cuarta Circunscripción Judicial para dictar sentencia en estos autos caratulados: “LA NASA, GENEVA CORINNE s/SOLICITUD CARTA DE CIUDADANÍA” (Expte. N°: 42809/2015/CA1) venidos a conocimiento de este Tribunal en virtud del recurso de reposición interpuesto por la Defensora Pública Oficial, M.M.C. (fs. 1/2 vta.) en contra del proveído de los autos principales de fecha 11 de mayo de 2018 dictado por esta Alzada, en cuanto no hace lugar a la solicitud de audiencia formulada por la mencionada parte.

Puestos los autos a resolución de la Sala, los señores Jueces emiten su voto en el siguiente orden: A.G.S. TORRES- LUIS ROBERTO RUEDA-

LILIANA NAVARRO.

El señor Juez de Cámara, doctor A.G.S.T., dijo:

  1. Resulta oportuno realizar una breve reseña de lo actuado en los autos principales en lo relativo al recurso de reposición que nos ocupa.

    Así, tenemos que encontrándose radicados por ante este Tribunal, con fecha 16/02/2018 se ordenó como medida para mejor proveer correr vista al señor F. General de Cámara (fs. 121) a fin de que se expida sobre la cuestión de competencia.

    Igualmente, se dispuso correr traslado a la Defensora Pública Oficial en su carácter de representante complementaria de la menor G.C..

    Mediante escrito de fs. 127 y vta. la Defensora Pública Oficial evacua la vista correspondiente y solicita se fije audiencia, en los términos del art. 26 y cc. del Código Civil, art. 12 y cc. de la Convención sobre los Derechos del Niño, junto al art.

    24 y cc. de la Ley 26.061, con el objetivo de que el Tribunal pueda oír de modo personal y directo el testimonio de su asistida. Asimismo, peticiona se ordene la presencia de los padres en dicha audiencia.

    Fecha de firma: 21/06/2018 Firmado por: EDUARDO BARROS, SECRETARIO DE CAMARA Firmado por: A.G.S. TORRES, JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.R.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.N., JUEZA DE CAMARA #27472132#209578957#20180621124726661 Luego de aquella solicitud, el representante de la parte actora, C.D.R.P., presenta escrito oponiéndose a la audiencia pedida por la Defensora “…ya que la discusión es de pleno Derecho y por demás compleja…“

    mencionando además su interés en ejercer la representación de la menor a través de sus padres. Asimismo, señala que la audiencia es de cumplimiento imposible ”…porque el padre obtuvo un trabajo temporario en España y la familia se encuentra residiendo allí

    temporariamente…” (ver fs. 130/133 vta. autos principales).

    Mediante providencia de fecha...

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