Disposición Nº 34/2014
Fecha de publicación | 13 Marzo 2014 |
Fecha de disposición | 24 Enero 2014 |
Sección | Disposiciones |
Número de Gaceta | 32845 |
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO
DisposiciónNº 34/2014Registro Nº 156/2014
Bs. As., 24/1/2014
VISTO el Expediente Nº 555.405/13 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 105/112 del Expediente Nº 555.405/13 obra el acuerdo celebrado entre el SINDICATO OBREROS DE RECOLECCION Y BARRIDO y la ASOCIACION DE EMPRESAS DE LIMPIEZA Y AFINES (A.D.E.L.), conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que bajo dicho acuerdo las precitadas partes pactan, sustancialmente, condiciones salariales en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 576/10, conforme las consideraciones obrantes en su texto.
Que sin perjuicio de la homologación que por la presente se dispone, en cuanto al carácter asignado a la suma establecida en la cláusula quinta del acuerdo bajo examen, corresponde hacer saber a las partes que al respecto rige lo dispuesto en el artículo 106 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.
Que el ámbito de aplicación del acuerdo se corresponde con la representatividad conjunta de los sectores signatarios.
Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el mentado acuerdo.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones Laborales del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio, deberán remitirse las presentes actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio establecido en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 738/12.
Por ello,
LA DIRECTORA NACIONAL
DE RELACIONES DEL TRABAJO
DISPONE:
— Declárase homologado el acuerdo celebrado entre el SINDICATO OBREROS DE RECOLECCION Y BARRIDO y la ASOCIACION DE EMPRESAS DE LIMPIEZA Y AFINES (A.D.E.L.) que luce a fojas 105/112 del Expediente Nº 555.405/13, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
— Regístrese la...
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