Resolución Nº 275/2013

Fecha de disposición18 Junio 2013
Fecha de publicación26 Junio 2013
SecciónResoluciones
Número de Gaceta32667



MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA

ResoluciónNº 275/2013Bs. As., 18/6/2013

VISTO el Expediente Nº S0:0460807/2011 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, la Resolución Nº 356 del 17 de octubre de 2008 de la ex - SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS, las Resoluciones Nros. 848 del 22 de julio de 1998, 5 del 6 de abril de 2001, 58 del 24 de mayo de 2001 y 725 del 15 de noviembre de 2005, todas del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, y

CONSIDERANDO:

Que con motivo de la reaparición de focos de Fiebre Aftosa en el año 2001, se dictó la Resolución Nº 58 del 24 de mayo de 2001 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, con el fin de establecer medidas restrictivas tendientes a paliar la situación de Emergencia Sanitaria imperante en el país.

Que la actual situación epidemiológica respecto de la Fiebre Aftosa es diferente a la existente en el año 2001, habiéndose erradicado nuevamente dicha enfermedad.

Que en virtud de ello, corresponde modificar las medidas restrictivas implementadas en su oportunidad.

Que entre las medidas a adoptar resulta necesario contar con un único documento que ampare las mercancías y autorice su movimiento.

Que por las Resoluciones Nros. 356 del 17 de octubre de 2008 de la ex-SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS y 848 del 22 de julio de 1998 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, se establecen los Documentos Sanitarios mediante los cuales se puede amparar el tránsito y movimiento de todas las mercancías, sean animales, productos y subproductos de los mismos.

Que por la citada Resolución Nº 356/08, se dispone que dicho amparo documental de movimientos se realice mediante el Sistema Integrado de Gestión de Sanidad Animal (SIGSA).

Que el SIGSA es un sistema que permite el conocimiento en tiempo real de las condiciones sanitarias de los establecimientos para los movimientos, tanto de los de origen como los de destino.

Que por lo antedicho, no resulta necesaria la utilización de la “Autorización de Ingreso” prevista en la Resolución Nº 725 del...

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