Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín , 16 de Octubre de 2013, expediente 2.986/2012/2

Fecha de Resolución16 de Octubre de 2013

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I-SEC. PENAL N° 1

FSM 2986/2012/2/CA3 (10742), C.: “Incidente Nº 2 -

ANDRADA, J.E. s/IMPOSICION DE

TORTURA (ART.144 TER.INC.1)”, del Juzgado de … ,

Secretaria Nº …

Registro de Cámara: 9667

S.M., 16 de octubre de 2013.-

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

El recurso de apelación interpuesto por la asistencia técnica, contra el auto que denegó la excarcelación de J.E.A..

Se agravia el recurrente al sostener que el magistrado evaluó la existencia del peligro de fuga y entorpecimiento de la investigación, basándose exclusivamente en la magnitud de la pena. Consideró que en el caso la ausencia de antecedentes, la conducta mostrada por el encausado desde que se iniciaron las presentes actuaciones, y el hecho de que la instrucción está pronta a concluir, autorizan a presumir que no intentará eludir la acción de la justicia o entorpecer la investigación.

En primer término, cabe señalarse que la Sala el 9 de agosto pasado confirmó el procesamiento y prisión preventiva del imputado en orden al delito previsto en el art. 144

tercero, incisos 1° y 3° del C.P. (Cfr. reg. 9584).

Tal quehacer ilícito cuenta con severas penas conminadas en abstracto, cuya dosimetría sancionatoria haría improcedente su soltura, bajo ningún tipo de caución, en tanto supera el tope de ocho años establecidos en el art. 317, inc.

  1. , en función del art. 316 del ordenamiento adjetivo (primera 1

regla), al tiempo que el mínimo legal contemplado no permitiría avizorar la posibilidad de aplicación de una condena de ejecución condicional (segunda regla).

Ahora bien, debe analizar la situación del causante,

a la luz de las pautas establecidas en el plenario n°13 “D.B.”, en tanto privilegian las reglas subjetivas tendientes a determinar el riesgo procesal de fuga o entorpecimiento del accionar judicial de conformidad con lo establecido por el art.

319 del Código adjetivo.

Así, la Sala considera que pese a las condiciones personales que posee el encausado y que fueran señaladas por la defensa, a la fecha media un requerimiento de instrucción en contra de J.E.A. para que se investigue su participación en las posibles amenazas que habría vertido en contra de Ede Martín Vallejos (Fs. 3175/7 de los...

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