Resolución Nº 64

Provincia de Buenos Aires.

MINISTERIO DE SEGURIDAD.

Resolución Nº 64.

La Plata, 30 de enero de 2014.

VISTO la necesidad de fijar nuevos montos en concepto de aranceles por los servicios de Policía Adicional, y CONSIDERANDO:

Que por el artículo 5° del Capítulo II -de los aranceles- del Anexo I del Decreto N° 4.594/90, modificado por Decretos N° 1.876/92 y N° 1.172/05, se estableció que los montos en concepto de servicios de Policía Adicional sean fijados por el entonces Ministro Secretario en el Departamento de Seguridad en función del riesgo concreto que implique la tarea encomendada;

Que asimismo se dispuso que dichos importes no superen los porcentajes máximos con relación al sueldo básico del Oficial de Policía de las Policías de la Provincia de Buenos Aires conforme a las siguientes pautas:

  1. Servicio de categoría 1: veintinueve por ciento (29%);

  2. Servicio de categoría 2: treinta y cuatro por ciento (34%);

  3. Servicio de categoría 3: cuarenta por ciento (40%); Que mediante Resoluciones Ministeriales N° 1.757/12 y 309/13 se fijaron los montos correspondientes a los servicios de Policía Adicional;

Que mediante Resolución Ministerial N° 308/13 se estableció que los servicios de Policía Adicional que se presten en los hospitales y demás organismos centralizados o descentralizados de la Administración Pública Provincial quedan encuadrados en la categoría 2;

Que en esta instancia se estima pertinente el dictado del presente acto administrativo por el cual se actualicen los montos correspondientes a dichos servicios;

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 13.757 y sus modificatorias y por el Decreto N° 4.594/90 -modificado por Decretos N° 1.876/92 y N° 1.172/05;

Por ello, EL MINISTRO DE SEGURIDAD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES...

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