Resolución Nº 767/GCABA/MJGGC/14

FirmantesRodríguez Larreta
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorMinisterio Jefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición11 de Septiembre de 2014

VISTO:

La Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires, los Decretos

N° 3.360/68 y N° 184/10, las Resoluciones N° 732-MSGC/13 y N° 346-MSGC/14, el

Expediente N° 1.509.276/09 e incorporados, y

CONSIDERANDO:

Que, por los presentes actuados tramita el recurso jerárquico, en subsidio al de

reconsideración, interpuesto por el agente Horacio Jorge Liendo (FC N° 393.771),

contra la Resolución N° 732-MSGC/13, de fecha 11 de julio de 2013, mediante la cual

se lo sancionó con treinta (30) días de suspensión por considerar transgredidas las

obligaciones impuestas en el artículo 10, incisos a) c) y f) de la Ley N° 471, quedando

su conducta aprehendida en las previsiones del artículo 47, inciso e) del mismo cuerpo

legal;

Que, con fecha 12 de agosto de 2013, el agente Horacio Jorge Liendo (FC N°

393.771), interpuso recurso de reconsideración con el jerárquico en subsidio, contra el

acto administrativo sancionatorio;

Que, analizados los agravios vertidos por el quejoso en la órbita del Ministerio de

Salud, y previo dictamen de la Procuración General, por Resolución N° 346-MSGC/14

del 20 de marzo de 2014, se desestimó el recurso de reconsideración interpuesto por

el agente Liendo, por los fundamentos allí vertidos, siéndole notificado tal acto

administrativo el 9 de abril de 2014, según la respectiva constancia glosada en el

expediente;

Que, asimismo, con fecha 11 de junio de 2014, se le hizo saber al recurrente que

podía ampliar o mejorar los fundamentos del recurso jerárquico subsidiariamente

incoado, de conformidad con lo establecido por el artículo 107 de la Ley de

Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires;

Que, por presentación agregada a fs. 198/199, el agente Liendo hizo uso del derecho

de mejorar o ampliar los fundamentos que expusiera en oportunidad de plantear el

recuso de reconsideración con jerárquico en subsidio;

Que la ampliación ofrecida por el quejoso consiste en meras manifestaciones que no

apuntan a desvirtuar el acto que recurre y no plantea elementos nuevos para analizar,

lo que conlleva a ratificar los mismos fundamentos desarrollados en los actos

administrativos anteriores;

Que, por lo expuesto, corresponde desestimar el recurso jerárquico en análisis;

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires tomó la intervención...

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