Resolución Nº 189/PJCABA/?/14

FirmantesRabinovich
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorPoder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición12 de Junio de 2014

VISTO:

El Expediente DCC N° 007/14-0 caratulado "D.C.C. s/ Adquisición e Instalación de

Protectores Acrílicos para Barandas", y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución OAyF N° 141/2014 se autorizó el llamado a Contratación Menor

N° 03/2014 que tiene por objeto la adquisición e instalación de protectores de

barandas para distintos edificios del Poder Judicial (área administrativa y jurisdiccional)

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme lo previsto en la ley N° 962, en la

forma, cantidad, características y demás condiciones descriptas en el Pliego de Bases

y Condiciones que como Anexo I integra esa Resolución, con un presupuesto oficial de

sesenta y ocho mil setecientos siete pesos ($ 68.707,00) IVA incluido (fs. 84/93).

Que la Dirección de Compras y Contrataciones puso en conocimiento del dictado de la

Resolución OAyF N° 141/2014 a la Dirección General de Control de Gestión y

Auditoría Interna (fs. 95) y se dio cumplimiento a la publicación de la presente

convocatoria en la página web del Poder Judicial (fs. 97).

Que se remitieron comunicaciones electrónicas a la Cámara Argentina de Comercio

(fs. 98), a la Guía General de Licitaciones y Presupuesto (fs. 100), a la Unión

Argentina de Proveedores del Estado (fs. 101) y a diferentes firmas del rubro

invitándolas a cotizar en la presente contratación (fs. 103/108).

Que por otra parte, la Dirección de Compras y Contrataciones designó como

Responsable Técnico al Director de Infraestructura y Obras (fs. 109) y lo notificó de

ello (fs. 110).

Que por proveído del 8 de mayo del corriente, la Dirección de Compras y

Contrataciones dejó constancia de que "se ha comunicado telefónicamente con más

de 40 firmas inscriptas en el rubro N° 1202 del R.I.U.P.P. (fs. 35/37), consultando si las

mismas proveen y colocan los protectores acrílicos para barandas, conforme las

características requeridas. Habiéndose recibido tan sólo una respuesta afirmativa por

parte de una firma preinscripta en el RIUPP, el 8 de mayo ppdo. se procedió a remitir

invitación vía correo electrónico a la misma (fs. 103/104). No obstante ello, en atención

a la exigencia del Art. 38° del Anexo I de la Resol. CM N° 1/2014, en aras de lograr la

concurrencia de la mayor cantidad posible de oferentes y considerando las previsiones

de los art. 93° y 22° de la Ley N° 2095 y sus artículos reglamentarios, se procedió a

entablar comunicación con adicionales firmas del rubro, no inscriptas en el RIUPP, de

las cuales solo dos manifestaron la posibilidad de proveer tales insumos, a las cuales

también se procedió a remitir las respectivas invitaciones (fs. 105/108), con expresa

mención de lo dispuesto en el Art. 93° último párrafo de la Ley N° 2095" (fs. 111).

Que conforme se desprende del Acta de Ofertas Recibidas que luce a fojas 112 y

conforme fuera previsto en la Resolución OAyF N° 122/2014, el 19 de mayo de 2014

se realizó el acto de apertura de ofertas. Allí se hizo constar la recepción de una (1.-)

oferta en la Dirección de Compras y Contrataciones, remitida por la empresa "Diseño

2001" de Américo Roldán -incorporada a fojas 115/120- por la suma total de cuarenta

y nueve mil...

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