Resolución Nº 246/GCABA/MJGGC/14

FirmantesAnexo
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorMinisterio Jefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición 6 de Marzo de 2014

VISTO:

El Decreto N° 224/13, la Resolución Conjunta N° 11-SECLYT/13, la Resolución N°

1.619-MHGC/13, y los Expedientes Ns° 2808406-MGEYA-DGTRANSP/14; 2805626-

MGEYA-DGTRANSP/14; 2800486-MGEYA-DGTRANSP/14; 219919-

MGEYA-

DGMS/14; 179493-MGEYA-DGMS/14, y

CONSIDERANDO:

Que por la presente actuación tramita la contratación de diversas personas, bajo la

figura de locación de obra en el modo, forma y período que se detalla en el Anexo I

que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente;

Que por el Decreto N° 224/13 se estableció que la contratación, modificación,

ejecución y extinción de los contratos celebrados bajo el régimen de Locación de

Obras y Servicios, deberán tramitar utilizando el Módulo "LOyS" del Sistema de

Administración de Documentos Electrónicos -SADE;

Que, en el artículo 2° del citado Decreto se facultó al/la titular de la Vicejefatura de

Gobierno, a los/as Ministros/as, Secretarios/as y Subsecretarios/as del Poder Ejecutivo

y a los funcionarios con rango o nivel equivalente, a contratar hasta un monto máximo

de pesos veinte mil ($20.000), mensuales por contrato, dentro de su disponibilidad

presupuestaria;

Que la Resolución N° 1.619-MHGC/13, en su artículo 1°, eleva el monto mensual

máximo de las contrataciones antes mencionadas, hasta la suma de pesos veinticinco

mil ($25.000.-);

Que, en el artículo 6° del Decreto N° 224/13, se fijó en sesenta (60) días corridos el

plazo máximo que podrá transcurrir desde el inicio de la prestación celebrada bajo el

régimen de locación de servicios o de obra, hasta la firma de la respectiva resolución

autorizante;

Que por la Resolución Conjunta N° 11-SECLYT/13 se aprobó el procedimiento

administrativo electrónico para las contrataciones de locación de servicios y de obra

que deberán tramitar por Expediente Electrónico, mediante el Módulo "LOyS" del

Sistema de Administración de Documentos Electrónicos-SADE;

Que, las personas a contratar no se encuentran inscriptas en el Registro de Deudores

Alimentarios Morosos creado por la Ley N° 269 ni perciben ningún subsidio...

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