Resolución Nº 48/GCABA/ERSP/14

FirmantesMichielotto - Barrera - Goldsack - Lauría - Raffo
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorF/n Ente Único Regulador de Los Servicios Públicos
Fecha de la disposición28 de Mayo de 2014

VISTO:

El Art. 138 de la Constitución de la Ciudad, la Ley N° 210, el Reglamento de

Procedimientos de Controversias y Sanciones del Ente Único Regulador de los

Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobado por Resolución

N° 28 del 4 de octubre de 2001 y su modificatoria N° 51 del 12 de diciembre de 2002,

el Pliego de Bases y Condiciones Particulares para la Licitación Servicio Público de

Control y Sanción del Estacionamiento Indebido de vehículos en el Macro y

Microcentro y ampliación de los espacios de estacionamiento tarifado, el Acta de

Directorio N° 564 del 26 de Febrero de 2014, el Expediente N°

4716/EURSPCABA/2013, y

CONSIDERANDO:

Que, conforme el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad el Ente Único Regulador de

los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ejerce el control,

seguimiento y resguardo de la calidad de los servicios públicos cuya prestación o

fiscalización se realice por la administración central y descentralizada o por terceros

para la defensa y protección de los derechos de sus usuarios y consumidores, de la

competencia y del medio ambiente, velando por la observancia de las leyes que se

dicten al respecto;

Que, según lo prescribe el inc. d) del Art. 2° de la Ley N° 210, se entiende como

servicio público a los efectos de la aplicación de la misma, al Control de

Estacionamiento por Concesión;

Que, conforme lo establece el Art. 3° incs. a), b), e), i) y l) de la Ley N° 210, el Ente

tiene, entre otras, las siguientes funciones: verificar el correcto cumplimiento de las

leyes o normas reglamentarias de los servicios sometidos a su jurisdicción; controlar

las actividades de los prestadores de los servicios públicos en todos los aspectos

prescriptos por la normativa aplicable respecto de la seguridad, higiene, calidad,

continuidad, regularidad, igualdad y generalidad de los servicios; controlar el

cumplimiento de los contratos de concesión, licencias, permisos, autorizaciones y

habilitaciones; prevenir conductas anticompetitivas, monopólicas o discriminatorias y

efectuar las denuncias pertinentes implementando las acciones tendientes a hacer

cesar dichas conductas; reglamentar el procedimiento para la aplicación de las

sanciones legales, reglamentarias o contractuales de los respectivos servicios, de

conformidad con los regímenes sancionatorios vigentes, y aplicar las mismas

respetando el debido proceso;

Que, el Expediente N° 4716/EURSPCABA/2014 se inicia a raiz del Plan del Control

previsto para el Servicio de Estacionamiento Medido durante el mes de de agosto de

2012, habiéndose detectado irregularidades en el señalamiento vertical en las calles

Beruti al 2300 entre Larrea y Azcuénaga, y en el señalamiento horizontal en las calles

Arroyo al 800 entre Suipacha y Esmeralda, Esmeralda al 1150 entre Av. Santa Fe y

Sto. Cabral, Sto. Cabral al 800 entre Suipacha y Esmeralda, Marcelo T. de Alvear al

800 entre Suipacha y Esmeralda, Marcelo T. de Alvear del 500 al 400 entre Florida y

Reconquista, Riobamba del 900 al 1000 entre Paraguay y Av. Santa Fe, Ayacucho 900

entre Paraguay y M. T. de Alvear, Uriburu al 1100 entre Av. Santa Fe y Arenales,

Uriburu del 1200 al 1300 entre Arenales y French, Uriburu al 1500 entre Peña y

Pacheco de Melo, Azcuènaga al 700 entre Viamonte y San Luis y Azcuénaga del 1000

al 1100 entre M. T. de Alvear y Arenales, Mansilla al 2400 entre Av. Pueyrredón y

Larrea y Pasteur al 700 entre Viamonte y Av. Córdoba;

Que, a fs. 2/33 obran actas de inspección N° 052245/ERSP/2012 y Anexos de fecha 2

de agosto de 2012, N° 052246/ERSP/2012 y Anexos de fecha 6 de agosto de 2012, N°

052247/ERSP/2012 y Anexos de fecha 8 de agosto de 2012, N° 052248/ERSP/2012 y

Anexos de fecha 14 de agosto de 2012, N° 053377/ERSP/2012 y Anexos de fecha 16

de agosto de 2012 y N° 053378/ERSP/2012 y Anexos de fecha 17 de agosto de 2012,

de relevando el estacionamiento medido, parquímetros, tickeadoras, dársenas y

señalamiento vertical. Todo ello, en el marco del Plan de Control previsto para el

Servicio de Estacionamiento Medido durante el mes de agosto de 2012, habiéndose

detectado deficiencias en el señalamiento vertical en las calles Beruti al 2300 entre

Larrea y Azcuénaga, y en el señalamiento horizontal en las calles Arroyo al 800 entre

Suipacha y Esmeralda, Esmeralda al 1150 entre Av. Santa Fe y Sto. Cabral, Sto.

Cabral al 800 entre Suipacha y Esmeralda, Marcelo T. de Alvear al 800 entre Suipacha

y Esmeralda, Marcelo T. de Alvear del 500 al 400 entre Florida y Reconquista,

Riobamba del 900 al 1000 entre Paraguay y Av. Santa Fe, Ayacucho 900 entre

Paraguay y M. T. de Alvear, Uriburu al 1100 entre Av. Santa Fe y Arenales, Uriburu del

1200 al 1300 entre Arenales y French, Uriburu al 1500 entre Peña y Pacheco de Melo,

Azcuénaga al 700 entre Viamonte y San Luis y Azcuénaga del 1000 al 1100 entre M.

T. de Alvear y Arenales, Mansilla al 2400 entre Av. Pueyrredón y Larrea y Pasteur al

700 entre Viamonte y Av. Córdoba;

Que, el Pliego de Bases y Condiciones Particulares para la Licitación Servicio Público

de Control y Sanción del Estacionamiento Indebido de vehículos en el Macro y

Microcentro y ampliación de los espacios de estacionamiento tarifado, de la cual

resultaran oportunamente adjudicatarias las empresas Dakota SA y BRD SACIF-,

respecto a la señalización establece "...La actualización y reposición de carteles

indicadores de: Prohibido Estacionar; Estacionamiento Permitido (Libre)

Estacionamiento Medio es imprescindible para la efectiva aplicación de las normas de

estacionamiento aprobadas por ordenanzas municipales (...) Señalamiento Vertical:

Las propuestas deberán prever la adecuación y reposición de todo el señalamiento

vertical referido al estacionamiento (Prohibido, Medido y Libre). Contemplará la

provisión e instalación de carteles faltantes así como el desplazamiento de los

existentes a los nuevos lugares. Estos carteles serán confeccionados de acuerdo a las

normas, textos y lugares que en cada oportunidad se le notifique por intermedio de la

comisión y conforme a los diseños y especificaciones establecidas por las Dirección

General de...

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