Resolución Nº 39/GCABA/ERSP/14

FirmantesMichielotto - Barrera - Goldsack - Lauría - Raffo
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorF/n Ente Único Regulador de Los Servicios Públicos
Fecha de la disposición21 de Mayo de 2014

VISTO:

el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad, la Ley N° 210, el Reglamento de

Procedimientos de Controversias y Sanciones del Ente Único Regulador de los

Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobado por Resolución

N° 28 del 4 de octubre de 2001 y su modificatoria N° 51 del 12 de diciembre de 2002,

el Pliego de Bases y Condiciones Particulares para la Licitación Servicio Público de

Control y Sanción del Estacionamiento Indebido de vehículos en el Macro y

Microcentro y ampliación de los espacios de estacionamiento tarifado, el Acta de

Directorio N°567 del 26 de Marzo de 2014, el Expediente N° 5607/EURSPCABA/2012,

y

CONSIDERANDO:

Que, conforme el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad el Ente Único Regulador de

los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ejerce el control,

seguimiento y resguardo de la calidad de los servicios públicos cuya prestación o

fiscalización se realice por la administración central y descentralizada o por terceros

para la defensa y protección de los derechos de sus usuarios y consumidores, de la

competencia y del medio ambiente, velando por la observancia de las leyes que se

dicten al respecto;

Que, según lo prescribe el inc. d) del Art. 2° de la Ley N° 210, se entiende como

servicio público a los efectos de la aplicación de la misma, al Control de

Estacionamiento por Concesión;

Que, conforme lo establece el Art. 3° incs. a), b), e), i) y l) de la Ley N° 210, el Ente

tiene, entre otras, las siguientes funciones: verificar el correcto cumplimiento de las

leyes o normas reglamentarias de los servicios sometidos a su jurisdicción; controlar

las actividades de los prestadores de los servicios públicos en todos los aspectos

prescriptos por la normativa aplicable respecto de la seguridad, higiene, calidad,

continuidad, regularidad, igualdad y generalidad de los servicios; controlar el

cumplimiento de los contratos de concesión, licencias, permisos, autorizaciones y

habilitaciones; prevenir conductas anticompetitivas, monopólicas o discriminatorias y

efectuar las denuncias pertinentes implementando las acciones tendientes a hacer

cesar dichas conductas; reglamentar el procedimiento para la aplicación de las

sanciones legales, reglamentarias o contractuales de los respectivos servicios, de

conformidad con los regímenes sancionatorios vigentes, y aplicar las mismas

respetando el debido proceso;

Que, el Expediente N° 5607/EURSPCABA/2012 se inicia a raíz del Plan del Control

previsto para el Servicio de Estacionamiento Medido durante el mes de octubre de

2012, habiéndose detectado deficiencias en el señalamiento horizontal en Parera del 0

al 100 entre Guido y Av. Alvear, Uruguay del 1200 al 1300 entre Arenales y Guido,

Posadas del 1400 al 1100 entre Av. Callao y Cerrito, Arenales del 1700 al 1600 entre

Av. Callao y Montevideo, Junín al 1200 entre Arenales y Juncal, Uriburu del 1600 al

1200 entre Av. Gral. Las Heras y Arenales, Uriburu al 1100 entre Av. Santa Fe y

Arenales, Azcuénaga del 1200 al 1300 entre Arenales y Juncal, Rodríguez Peña al

1200 entre Juncal y Arenales, San Luis al 2400 entre Azcuénaga y Larrea y San Luis

al 2600 entre Paso y Av. Pueyrredón, Mansilla al 2400 entre Av. Pueyrredón y Larrea,

Marcelo T. de Alvear al 800 entre Suipacha y Esmeralda y Marcelo T. de Alvear del

500 al 400 entre Florida y Reconquista y Juncal del 600 al 700 entre Av. Maipú y

Esmeralda y señalamiento vertical en Peña al 2000 entre Junín y Ayacucho, French al

2400 entre Av. Pueyrredón y Larrea, Beruti al 2300 entre Larrea y Azcuénaga y

Paraguay al 700 entre Maipú y Esmeralda, concesionada a cargo de la empresa

Dakota SA;

Que, a fs. 2/30 obran actas de inspección relevando el estacionamiento medido,

parquímetros, tickeadoras, dársenas, señalamiento vertical y horizontal. Todo ello, en

el marco del Plan de Control previsto para el Servicio de Estacionamiento Medido

durante el mes de octubre de 2012, habiéndose detectado deficiencias en el

señalamiento horizontal en las direcciones señaladas precedentemente;

Que, el Pliego de Bases y Condiciones Particulares para la Licitación de Servicio

Público de Control y Sanción del Estacionamiento indebido de vehículos en el Macro y

Microcentro y ampliación de los espacios de estacionamiento tarifado, de la cual

resultaran oportunamente adjudicatarias las empresas Dakota SA y BRD SACIF,

respecto a la señalización establece "...La actualización y reposición de carteles

indicadores de: Prohibido Estacionar; Estacionamiento Permitido (Libre)

Estacionamiento Medio es imprescindible para la efectiva aplicación de las normas de

...

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