Resolución Nº 596/2014

Fecha de publicación02 Junio 2014
Fecha de disposición28 Mayo 2014
SecciónResoluciones
Número de Gaceta32896



AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL

ResoluciónNº 596/2014Bs. As., 28/5/2014

VISTO el Expediente N° 1046-AFSCA/14 del registro de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 81 de la Ley N° 26.522, en su inciso a), establece que los avisos publicitarios deberán ser de producción nacional cuando fueran emitidos por los servicios de radiodifusión abierta o en los canales o señales propias de los servicios por suscripción o inserta en las señales nacionales.

Que asimismo, el inciso o) de dicho artículo, dispone que la emisión de publicidad deberá respetar las incumbencias profesionales.

Que el artículo 4 de la mencionada ley señala que se considera de “producción nacional” a los programas o mensajes publicitarios producidos integralmente en el territorio nacional o realizados bajo la forma de coproducción con capital extranjero, con participación de autores, artistas, actores, músicos, directores, periodistas, productores, investigadores y técnicos argentinos o residentes en la República Argentina en un porcentaje no inferior al sesenta por ciento (60%) del total del elenco comprometido.

Que, en mérito a las facultades otorgadas por el inciso 1) del artículo 12 de la Ley N° 26.522, se interpreta que el artículo mencionado en el párrafo precedente detalla de manera enumerativa los roles generales que intervienen en una producción de programas o mensajes publicitarios.

Que el artículo 81, inciso a), del Decreto N° 1225/2010 reglamentario de ley mencionada en el primer párrafo, consigna que la difusión de mensajes publicitarios de producción distinta a la nacional estará sujeta a la condición de que proceda de un país con el que existan condiciones de reciprocidad para la difusión de contenidos audiovisuales publicitarios.

Que es preciso determinar el mecanismo por el cual se establecerá la nacionalidad de los avisos publicitarios de producción extranjera y autorizará, en los términos del inciso y artículo consignados en el párrafo anterior, su emisión por los servicios de radiodifusión abierta o en los canales o señales propias de los servicios por suscripción o insertas en las...

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