Resolución Nº 2124/GCABA/MEGC/14

FirmantesBullrich
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorMinisterio de Educación
Fecha de la disposición15 de Mayo de 2014

VISTO:

La Ley N° 2095 y sus modificatorias, su Decreto reglamentario N° 95/GCABA/14, el

Expediente Electrónico N° 06332330-MGEYA-DGCLEI-2013, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente del Visto tramita la contratación directa de la locación

administrativa del inmueble sito en la calle Eleodoro Lobos 437 de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, con destino a la Escuela N °15 del D.E. 7° dependiente de

este Ministerio;

Que tal situación motivó a la Dirección General de Administración de Recursos de este

Ministerio a realizar tratativas con los propietarios que dieron como resultado un

contrato de locación administrativa que tendrá un plazo de un (1) año a partir del 1° de

enero de 2014, con un valor locativo de PESOS SESENTA MIL ($ 60.000.-)

mensuales para todo el período contractual;

Que a los fines perseguidos luce informe de valuación del inmueble efectuado por el

Banco Ciudad de Buenos Aires con fecha 19 de noviembre de 2013, que sugiere un

valor locativo mensual de PESOS CINCUENTA MIL ($ 50.000.-) sin contemplar

comisiones, impuestos, gastos ni honorarios;

Que en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, resulta de aplicación la Ley

N° 2095 (ley de compras y contrataciones) reglamentada por el Decreto N°

95/GCABA/14;

Que la contratación directa que se propicia para la locación administrativa del

inmueble en cuestión, se encuadra entre las excepciones a la licitación pública

contempladas en el art. 28 de la Ley de Compras y Contrataciones de esta Ciudad que

establece: "La contratación es directa cuando se selecciona directamente al

proveedor, debiendo encontrarse dicha medida debidamente fundada y ponderada por

la autoridad competente que la invoca..." e indica los casos en que resulta procedente

la excepción al mencionado principio general de la licitación pública y que autoriza la

consiguiente contratación en forma directa;

Que al respecto, la doctrina ha sostenido que "... La contratación directa, cuando

corresponda, debe realizarse con gran cuidado, atendiendo a los intereses de la

administración...

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