Resolución Nº 886/GCABA/MAYEPGC/14
Firmantes | Cenzón |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Ministerio de Ambiente y Espacio Público |
Fecha de la disposición | 27 de Mayo de 2014 |
VISTO:
La Resolución N° 337-MMAGC/06, las Disposiciones Nro. 258-DGEV/2011, 53-
DGEV/2013, 61-DGEV/2013, el Expediente Electrónico N° 5715680-DGEV/2013, y
CONSIDERANDO:
Que por la actuación citada en el Visto tramita el recurso jerárquico invoado en
subsidio del de reconsideración, presentado por el Sr. Rubén Sequeira impugnando
los términos de la Disposición N° 53- DGEV/2013, la cual dejó sin efecto la Disposición
N° 258-DGEV/2011;
Que, por medio de la Disposición N° 258-DGEV/2011 se encomendó al agente Rubén
Sequeira, Ficha Censal N° 435.260, CUIL N° 20-13646763-9, la coordinación del
Cuerpo Auxiliar del Parque Tres de Febrero. El mismo fue creado por Resolución N°
337-MMAGC/06 bajo la dependencia de la Dirección Operativa del Parque Tres de
Febrero, con la finalidad de coordinar la implementación de las normas de cuidado del
ambiente haciendo hincapié en la preservación del patrimonio histórico y natural;
Que, posteriormente, por Disposición N° 53-DGEV/2013, se dejó sin efecto la mentada
Disposición N° 258-DGEV/2011, en el marco de una readecuación de organización
interna ante la necesidad de establecer una nueva distribución de funciones en las
distintas áreas que funcionaban en el ámbito de la Gerencia Operativa Parque Tres de
Febrero, con el objeto de lograr mayor eficiencia y celeridad en la gestión;
Que, contra dicho acto administrativo, el Sr. Sequeira interpuso recurso de
reconsideración con jerárquico en subsidio, el que fue rechazado por Disposición N°
61-DGEV/13;
Que, en consecuencia, corresponde resolver el recurso jerárquico que opera en
subsidio del de reconsideración de conformidad con lo establecido en el artículo 107
de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, en cuanto al fondo de la cuestión planteada, cabe destacar que de los propios
términos de la Disposición N° 258-DGEV/11 surge que se trata de una asignación-
distribución de tareas, que se caracteriza por su alcance temporal limitado, y, por lo
tanto, el cese en dicha función no implica una afectación en la carrera administrativa
del agente;
Que, siendo ello así, la misma autoridad que dispuso la asignación de funciones, en
este caso el Director General de Espacios Verdes, se encuentra facultado para dejar
sin efecto el acto administrativo dictado, merituando razones de conveniencia o buen
servicio;
Que, respecto de...
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