Resolución Nº 298/GCABA/AGIP/14

FirmantesWalter
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorAdministración Gubernamental de Ingresos Públicos
Fecha de la disposición30 de Abril de 2014

VISTO:

La Ley N° 2.809, el Decreto Reglamentario N° 1.312/GCABA/08, Resolución N°

543/MHGC/13, La Ley 2603 promulgada por Decreto N° 2.140/GCABA/07 y

reglamentada mediante Decreto 745/GCABA/08, la Licitación Pública N° 153/12, la

Resolución N° 178/AGIP/12, la Resolución N° 68/AGIP/14, el Expediente Electrónico

N° 6.054.449/DGTALMH/13 y,

CONSIDERANDO:

Que en el marco de la Licitación Pública N° 153/12 ha tramitado la contratación del

"Servicio de Atención Médico Sanitaria con Cobertura de Emergencias y Consultas

Espontáneas", adjudicada mediante la Resolución N° 178/AGIP/12 a la firma Alfa

Medic SRL. por un importe de PESOS OCHOCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL

CUARENTA Y CUATRO CON OCHENTA CENTAVOS ($836.044,80), por un plazo de

veinticuatro meses;

Que la apertura de ofertas se materializó el día 12 de febrero de 2012, emitiéndose la

correspondiente Orden de Compra N° 17.250/12, dando inicio a la prestación en el

mes de abril del mismo año;

Que mediante Resolución N° 68/AGIP/14 se aprobó la Redeterminación Provisoria

Primera de precios contractuales estableciéndose la misma en un trece con tres por

ciento (13,03%) del valor contractual faltante de ejecutar al 1 de septiembre de 2012;

Que al 1 de septiembre de 2012 fecha en que se produce la variación provisoria

primera, el saldo pendiente de ejecución era equivalente a diecinueve (19) meses

correspondiente a un saldo redeterminable de PESOS SEISCIENTOS SESENTA Y

UN MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y OCHO CON OCHENTA CENTAVOS

($661.868,80.-);

Que aplicando la Redeterminación Provisoria Primera aprobada por Resolución N°

68/AGIP/14 surge un incremento total de PESOS OCHENTA Y SEIS MIL

DOSCIENTOS CUARENTA Y UNO CON CINCUENTA CENTAVOS ($86.241,50.-) y

uno mensual de PESOS CUATRO MIL QUINIENTOS TREINTA Y NUEVE CON TRES

CENTAVOS ($4.539,03.-);

Que mediante Expediente Electrónico N° 6.054.449/DGTALMH/13 la firma proveedora

ha solicitado la Redeterminación Provisoria Segunda del monto contratado, en los

términos de la Ley N° 2.809, el Decreto reglamentario N° 1.312/GCABA/08 y la

Resolución N° 543/MHGC/08;

Que el artículo 50° del Pliego de Bases y Condiciones Particulares establece la tabla

con la estructura de costos aplicable a los fines de la Redeterminación Provisoria;

Que la firma proveedora ha cumplimentado con las exigencias establecidas...

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