Disposición Nº 372/GCABA/DGIUR/14
Firmantes | Ledesma |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Dirección General de Interpretación Urbanistica |
Fecha de la disposición | 6 de Marzo de 2014 |
VISTO:
El Expediente N° 7.057.014/2013 por el que se consulta sobre la factibilidad de
localizar el uso: "Oficina Comercial", para el local sito en la calle San Martín N° 969,
Piso 10, U.F N° 19 y 20, con una superficie a habilitar: 241,58 m2, y
CONSIDERANDO:
Que se trata de un inmueble que posee Protección General, toda vez que se
encuentra localizada en la Zona 3 del Distrito APH 51 - Catedral al Norte del Código de
Planeamiento Urbano;
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe N°
2517029-DGIUR-2014, considera que desde el punto de vista urbanístico y del
Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización de los
usos permitidos toda vez que los mismos no originan impactos relevantes en el
Distrito;
Que en relación con la normativa vigente se informa: El Parágrafo 5.4.12.51 Distrito
APH 51 - Catedral al Norte, establece:
Carácter: El distrito comprende aquellas manzanas del Área Central que ocupan el
sector norte del trazado fundacional. Es vínculo de las diversas vocaciones históricas
que confluyen en la identidad de la ciudad actual y alberga hitos representativos de la
imagen simbólica nacional e internacional de Buenos Aires...".
Que en el punto 5.2.2 Zona 3, indica:
"Usos: Los usos para los inmuebles del área no comprendidos en el Listado de
Inmuebles Catalogados Distrito APH51 Catedral al Norte, serán los que resulten de
aplicar las disposiciones del Cuadro de Usos N° 5.2.1 para el Distrito C2...".
Que de acuerdo al Cuadro de Usos según Distritos N° 5.2.1 a) del Código de
Planeamiento Urbano, se informa:
- La actividad solicitada de: "Oficina Comercial", se encuentra comprendida en la Clase
A en la "Descripción Servicios para la Vivienda y sus ocupantes, en el Agrupamiento
"Servicios Terciarios", en el rubro "Oficina Comercial - Oficina consultora", Se
encuentran permitidas en el Distrito C2, con referencia 31 de estacionamiento
vehicular esto es: "1 módulo cada 120 m2 de la superficie total construida". Ley N° 123:
SER;
Que en tal sentido, en Área Técnica competente no encuentra inconvenientes desde el
punto de vista Urbanístico...
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