Resolución Nº 48/GCABA/SSDEP/14
Firmantes | Irarrazaval |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Subsecretaría de Deportes |
Fecha de la disposición | 12 de Marzo de 2014 |
VISTO:
La ley N° 4.013, el Decreto N° 660/11, la ley N° 1.624 y sus modificatorias la Ley N°
3.218 y la Ley N° 4.059, el Decreto Reglamentario N° 1.416/07, la Ley N° 311, el
Decreto Reglamentario N° 896/07, la Resolución N° 48/SSDEP/08, la Resolución
50/SSDEP/10, el Expediente 2.324.469/11, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley del Deporte N° 1.624, tiene por objeto regular, promover, fiscalizar, y
coordinar el deporte amateur y profesional y la actividad físico-recreativa a nivel
comunitario y en edad escolar de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por Resolución N° 373/SSDEP/11, dictada en el marco de la Ley 1.624, la señora
OVIEDO, JUANA MABEL, DNI N° 21.409.885, en representación de la deportista
amateur menor de edad MAURO, BRENDA SOLANGE, DNI N° 39.813.721, recibió un
subsidio para ser destinado a permitir la participación de deportistas amateurs en
competencias deportivas, por el monto de PESOS SEIS MIL OCHOCIENTOS DIEZ
CON TREINTA Y TRES CENTAVOS ($6.810,33.-);
Que atento lo dispuesto en los artículos 21 y 22 de la Ley N° 1.624, el Subsecretario
de Deportes cuenta con facultades para otorgar subsidios destinados al desarrollo y
promoción del deporte amateur, debiendo el beneficiario, de acuerdo a lo estipulado
en el Acta de la Comisión Directiva del Consejo Asesor del Deporte de fecha 8 de julio
de 2010, realizar la correspondiente rendición de cuentas documentada ante la
Autoridad de Aplicación de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 311, en el Decreto
Reglamentario N° 896/07 y las Resoluciones N° 48/SSDEP/08 y N° 50/SSDEP/09;
Que dichas normas establecen que el beneficiario debe, a efectos de la rendición de
cuentas, acreditar la utilización de los fondos, del pasaje y la participación en la
competencia;
Que de acuerdo a lo informado por la Dirección General de Infraestructura y
Administración y la Dirección General de Deporte Social y Desarrollo Deportivo, surge
de las presentes actuaciones que el beneficiario ha presentado documentación
suficiente a efectos de demostrar dichos extremos;
Que consta en las presentes actuaciones el informe de evaluación de la Gerencia
Operativa de Administración de la Dirección General de Infraestructura y
Administración, según el cual la documentación presentada como comprobante de los
gastos realizados resulta suficiente.
Por ello...
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