Resolución Nº 592/GCABA/MAYEPGC/14
Firmantes | Cenzón |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Ministerio de Ambiente y Espacio Público |
Fecha de la disposición | 28 de Marzo de 2014 |
VISTO:
el Expediente N° 1838009/11 e Incorporados,y
CONSIDERANDO:
Que por la actuación citada en el Visto tramita el recurso jerárquico incoado en
subsidio del de reconsideración por la empresa CLIBA INGENIERIA AMBIENTAL S.A.
contra los términos de la Disposición N°310-DGLIM/2011;
Que mediante dicho acto administrativo, se aplicó una multa a la empresa en cuestión,
en virtud de haber incurrido en los incumplimientos detallados en el informe de
penalidades N° 134-11, Zona Uno, de acuerdo a lo establecido en el artículo 59
FALTAS LEVES -apartado 4, con el agravante del artículo 60, y 27 del Pliego de
Bases y Condiciones de la Licitación Pública Nacional e Internacional N° 6/2003,
aplicable al servicio de recolección domiciliaria;
Que dicho acto fue debidamente notificado a la contratista el día 13 de junio de 2011;
Que posteriormente, en legal tiempo y forma, la empresa CLIBA INGENIERIA
AMBIENTAL S.A. interpuso recurso de reconsideración con jerárquico en subsidio de
conformidad con los términos de los artículos 103 y 107 de la Ley de Procedimientos
Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires;
Que por medio de la Disposición N° 403-DGLIM-2011, se desestimó el recurso
interpuesto toda vez que la interesada no aportó elementos de hecho ni de derecho
que propiciaran rever la medida adoptada, siendo dicho acto administrativo notificado
a la recurrente con fecha 20 de septiembre de 2011;
Que en ese sentido, con fecha 11 de octubre del 2011 se notificó a la interesada su
posibilidad de mejorar o ampliar fundamentos del recurso jerárquico interpuesto en
subsidio del de reconsideración, en los términos del artículo 107 de la Ley de
Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el día 17 de octubre del 2011 la contratista ejercitó el aludido derecho, y del
análisis de dicha presentación surge que la recurrente se ha limitado a reiterar las
manifestaciones vertidas en oportunidad de presentar su citado recurso, las que fueron
analizadas y desestimadas por la Dirección General Limpieza;
Que la interesada alega que la Administración omitió considerar la prueba ofrecida en
el descargo como así los planteos efectuados en el recurso de reconsideración,
prescindiendo fundar debidamente la decisión de desestimar el mentado recurso;
Que no obstante, habiendo analizado las argumentaciones planteadas por la
recurrente, basándose en...
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