Resolución Nº 26/GCABA/MDUGC/14

FirmantesChaín
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano
Fecha de la disposición 3 de Febrero de 2014

VISTO:

el Decreto Nro.2/AJG/2014 y el Expediente Electrónico Nro. 601.044 / 2014 y,

CONSIDERANDO:

Que mediante el citado Expediente se propicia una modificación presupuestaria dentro

de la Obra "Complejo Teatral Buenos Aires" correspondiente al Programa 61 de la

Jurisdicción 50 Ministerio de Cultura, para el Ejercicio 2014;

Que la mencionada obra es gerenciada por la Dirección General Obras de Arquitectura

dependiente de la Subsecretaría de Proyectos de Urbanismo, Arquitectura e

Infraestructura de este Ministerio;

Que la modificación de créditos de que se trata resulta necesaria para atender las

erogaciones que demande la contratación de servicios de consultoría, como así

también para la publicación en medios gráficos, de avisos relativos a la licitación de las

obras;

Que de acuerdo a las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto

General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

para el ejercicio fiscal 2014, se establecen niveles de competencia que facultan a los

Señores Ministros o máxima autoridad de la Jurisdicción a efectuar modificaciones de

créditos, tal como se indica en el Artículo Nro.36, Apartado II del Capítulo IX

correspondiente al Anexo I del Decreto N° 2-AJG-2014, por el cual se aprobaron las

mencionadas Normas;

Que se ha dado cumplimiento al Artículo Nro.9 del Capítulo Tercero del Anexo I del

Decreto Nro. 2/AJG/2014 en lo referente a la validación del requerimiento nro. 152 del

año 2014 del Sistema Integrado de Gestión y Administración Financiera por parte de la

Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, quien ha otorgado al mismo el estado de

"Pendiente OGESE";

Por ello y en uso de las facultades encomendadas,

EL MINISTRO DE DESARROLLO URBANO

RESUELVE:

Artículo 1°

Apruébase la modificación presupuestaria ingresada al Sistema de Gestión.

y Administración Financiera (SIGAF) la cual se detalla en el anexo I bajo el Nro. IF-

2014- 1.723.034-DGTALMDU y que a todos sus efectos forma parte integrante de la

presente.

Artículo 2°

Dese intervención a la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto.

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