Resolución Nº 1454/GCABA/MEGC/14

FirmantesBullrich
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorMinisterio de Educación
Fecha de la disposición17 de Marzo de 2014

VISTO:

El Expediente electrónico N° 1.636.957/14-DGEGE, y

CONSIDERANDO:

Que es objetivo primordial de la política educativa del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires avanzar hacia la plena inclusión educativa extendiendo la

garantía de escolaridad, expandiendo la red escolar, creando escuelas para asegurar

la igualdad de oportunidades y el acceso, permanencia, reinserción y egreso del

Sistema Educativo;

Que se propicia la creación de un establecimiento de Educación Inicial, destinado a

niños de 45 (cuarenta y cinco) días a 3 (tres) años de edad, que bajo la denominación

de Jardín Maternal N° 14 Distrito Escolar 20° Comuna 9, habrá de funcionar en el

inmueble sito en Zelada 6240- de esta Ciudad, en el horario de 7 a 18, contando con

un total de 4 (Cuatro) secciones;

Que con tal creación se procura satisfacer la demanda de vacantes existente en el

Barrio de Mataderos, como así también cumplimentar la política de inclusión educativa

propuesta para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que abarque y contemple las

necesidades de diferentes grupos sociales;

Que la erogación que demande la puesta en marcha y funcionamiento de la nueva

unidad educativa, será imputada a la correspondiente partida del presupuesto vigente;

Que corresponde aprobar en este Acto la Planta Orgánico Funcional con que

funcionará la nueva institución educativa;

Que la Subsecretaria de Gestión Educativa y Coordinación Pedagogica prestó su

conformidad;

Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la

intervención que le compete.

Por ello,

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN

RESUELVE

Artículo 1 Créase, ad-referendum de la aprobación del Sr

Jefe de Gobierno de la.

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Jardín Maternal N° 14 Distrito Escolar 20°, con

sede en el local escolar ubicado en Zelada 6240 destinada a niños de 45 (cuarenta y

cinco) días a 3 (tres) años de edad el cual funcionará en el horario de 7 a 18.

Artículo 2 Apruébase, ad-referendum de la ratificación del Sr

Jefe de Gobierno de la.

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Planta Orgánico Funcional del establecimiento

creado por el artículo precedente, cuyo detalle obra en el Anexo...

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