Disposición Nº 347/GCABA/DGIUR/14

FirmantesLedesma
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General de Interpretación Urbanistica
Fecha de la disposición26 de Febrero de 2014

VISTO:

El Expediente N° 6.751.056/2013 por el que se solicita el Visado de Planos de

"Modificación y ampliación con demolición parcial", con destino "Comercio minorista de

ferretería, herrajes, repuestos, materiales eléctricos; de ropa confeccionada, lencería

blanco, mantelería, textiles en general y pieles; de artefactos de iluminación y del

hogar, bazar, platería, cristalería; de artículos de librería, papelería, cartonería,

impresos, filatería, juguetes, discos y grabaciones; de artículos de perfumería y

tocador; de artículos de limpieza; de verduras, frutas, carbón (en bolsa); comercio

minorista de carne, lechones, achuras, embutidos; de aves muertas, peladas, chivitos,

productos de granja, huevos h/60 docenas; de productos alimenticios en general; de

productos alimenticios envasados; bebidas en general envasadas; semillería, plantas,

artículos y herramientas para jardinería", para el inmueble sito en la Avenida de los

Incas N° 4701 esquina Gamarra N° 1508/12, con una superficie de terreno de

192,08m2, una superficie cubierta existente de 152,85m2, una superficie a demoler de

21,64m2 y una superficie a construir de 181,69m2, lo que constituye una superficie total

de 312,05m2, según plano obrante en Plano N° 550301- DGIUR-2014, y

CONSIDERANDO:

Que el inmueble en cuestión no se encuentra catalogado y corresponde al Distrito

"U39 Parque Chas", cuyas normas de tejido son:

"4.3 Normas de Tejido

  1. No podrán regularizarse obras ejecutadas sin permiso que no se ajusten a 4.2.1.2

    Normas Generales de composición de fachadas o a las presentes Normas generales

    de tejido.

  2. Tipología edilicia: Se permiten edificios entre medianeras, de perímetro semilibre y

    de perímetro libre de altura limitada.

  3. Tejido: Cumplirán con las disposiciones generales de la Sección 4 de acuerdo a:

    R = h/d

    r = h'/d' = 1,5

    Retiro de frente = 3 m.

    Plano límite será de 9 m. a contar desde la cota de la parcela determinada por la

    Dirección de Catastro.

  4. FOS: el que resulte de las normas de tejido, salvo lo dispuesto en el Cuadro de

    Usos 5.2.1 4.3...

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