Disposición Nº 182/GCABA/DGIUR/14

FirmantesLedesma
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General de Interpretación Urbanistica
Fecha de la disposición23 de Enero de 2014

VISTO:

El Expediente N° 6.147.287/2013 por el que se consulta sobre la factibilidad de

localizar el uso: "Oficinas Comercial", para el inmueble sito en la calle Reconquista N°

1088, Piso N° 9, con una superficie a habilitar de 676,81 m2 (según RE-2013-

06166123- DGROC), y

CONSIDERANDO:

Que se trata de un inmueble afectado a la Zona 3 del Distrito APH 51 "Catedral al

Norte" de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto

Ordenado Decreto N° 1.181-GCBA-2007, los usos son los correspondientes al Distrito

C2;

Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe N°

454166-DGIUR-2014, considera que desde el punto de vista urbanístico y del

Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización del uso

solicitado toda vez que el mismo no origina impactos relevantes en el Distrito, en tanto

sean conformes con el Reglamento de Copropiedad;

Que los usos consignados Permitidos son: Cuadro de Usos 5.2.1 del Código de

Planeamiento Urbano: "Oficina Comercial - Oficina Consultora";

Que respecto a la localización de publicidad, no se registra esquema ni propuesta

alguna, por lo que no corresponde su visado;

Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada

y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA

DISPONE

Artículo 1° Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización

del uso: "Oficina Comercial - Oficina Consultora", para el inmueble sito en la calle

Reconquista N° 1088, Piso N° 9, con una superficie a habilitar de 676,81 m2

(Seiscientos setenta y seis metros cuadrados con ochenta y un decímetros cuadrados)

considerando que se visan los usos permitidos en tanto sean conformes con el

Reglamento de Copropiedad, debiendo cumplir con toda la normativa vigente que

resulte de aplicación para el presente caso.

Artículo 2° Hágase saber al recurrente, que sin perjuicio de no haber solicitado

publicidad, en caso de requerir en un futuro su visado así como...

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