Resolución Nº 72/GCABA/PG/14
Firmantes | Conte Grand |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | F/n Procuración General de la Ciudad |
Fecha de la disposición | 13 de Febrero de 2014 |
VISTO:
el Expediente N° 1.411.779/2012 e Incorporados Expedientes N° 1.128.390/2012 y N°
1.373.732/2012, por el que se instruyó el Sumario N° 148/2012, y
CONSIDERANDO
Que, esta Procuración General del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
ordenó, mediante la Resolución N° 177/PG/2012 (fs. 2/3), la instrucción del presente
sumario administrativo, a fin de investigar la desaparición de las lancetas de
cobre/bronce que se hallaban ubicadas en el interior de los nichos porta- mangueras
del sistema hidráulico instalados en cada uno de los pisos del edificio de esta
Procuración General, el cual fue detectado el día 28 de mayo de 2012; las supuestas
diferencias en torno al número de lancetas presumiblemente sustraídas y en algunos
casos repuestas, que habrían sido advertidas en los relevamientos posteriores a la
fecha precedentemente indicada, realizados por el personal dependiente de la
Dirección General de Custodia y Seguridad de Bienes y; determinar si se incurrió en
algún comportamiento contrario a la debida observancia del deber de cuidado y
conservación de tales elementos, con la finalidad de deslindar las eventuales
responsabilidades disciplinarias;
Que, de conformidad con la Nota N° NO-2012- 01.102.249-DGTALPG, fechada el 29
de mayo de 2012, suscripta por el Coordinador de la Unidad Funcional de Prevención
de Emergencias, dependiente de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal
de esta Procuración General, Juan Augusto Calás, obrante a fs. 3 y vta. del
Expediente incorporado N° 1.128.390/2012, se puso en conocimiento de la
Superioridad, el resultado del relevamiento efectuado el día 28 de mayo de 2012, el
que arrojó que de los cuarenta nichos porta-mangueras instalados, sólo trece de ellos
se encontraron en condiciones de ser utilizados ante un eventual siniestro, puesto que
los veintisiete restantes evidenciaron la ausencia de las respectivas lancetas;
Que, asimismo, indicó el agente Calás que en el mes de septiembre del año 2010, el
aludido sistema de seguridad había quedado provisto de un modo completo y en
perfecto estado de funcionamiento. Como prueba de ello, dicho trabajador acompañó
la documentación que en fotocopia se adunó a fs. 4/6 del expediente incorporado
precitado;
Que, por su parte, la Directora General de la Dirección General Técnica, Administrativa
y Legal de esta Procuración General, Débora González Castillón, en virtud de la Nota
N° NO-2012-01.128.056- DGTALPG, datada el 31 de mayo de 2012, obrante a fs. 9 de
la aludida actuación incorporada, le solicitó al Coordinador de la Unidad Funcional de
Prevención de Emergencias del destacado organismo, Juan Augusto Calás, que
informase las acciones de control y/o de mantenimiento que fueron ejecutadas o
supervisadas entre el mes de septiembre de 2010 y el día 29 de mayo de 2012;
Que, agregó la señalada funcionaria la obligación de adoptar las medidas urgentes
tendientes a reponer la totalidad de las lancetas en las mangueras utilizables para
combatir incendios, por la potencial indefensión que dicha ausencia habría de colocar
a las personas y a los bienes del edificio ante la eventual presencia de un foco ígneo;
Que, en respuesta a la requisitoria, la Unidad Funcional de Prevención de
Emergencias destacó a fs. 11 del expediente incorporado mencionado, que después
de agosto del año 2010, ese sector no había recibido indicación alguna por parte de la
Superioridad para que implementase acciones de supervisión del referido sistema
contra incendios. Añadió que como se trataba de nichos cerrados, los que nunca
fueron abiertos, ni siquiera por prevención, no pudieron advertir a simple vista, que en
sus interiores faltaran las mencionadas piezas;
Que, hizo mención de las diferentes personas ajenas a la Administración que habían
ingresado al recinto.
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