Resolución Nº 91/GCABA/AGC/14

Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorAgencia Gubernamental de Control
Fecha de la disposición17 de Febrero de 2014

VISTO:

EXPEDIENTE ELECTRONICO N° 02530233- MGEYA/AGC/14, Y

CONSIDERANDO:

Que por la actuacion mencionada en el VISTO tramita la solicitud de contratación de

las personas detalladas en el Anexo, para desarrollar tareas en las distintas áreas de

esta Agencia Gubernamental de Control (AGC), por los períodos comprendidos en el

Anexo;

Que resulta conveniente dar curso a dicha solicitud, a fin de que las personas cuya

contratación se propicia presten su colaboración en la Dirección General de

Fiscalización y Control de Obras, la Dirección General de Habilitaciones y permisos, la

Dirección General de Higiene y Seguridad Alimentaria, la Dirección General Legal y

Técnica y la Unidad de Coordinación Administrativa de esta AGC;

Que se ha dado cumplimiento con lo dispuesto por el Decreto N° 224/13, y sus

complementarios, por el cual se establece el régimen para la contratación de personas

bajo la figura de locación de servicios y obras, dejándose constancia que todos los

requisitos exigidos por la normativa vigente han sido cumplimentados y constan en el

legajo personal de cada locador;

Que la mencionada normativa faculta a efectuar contrataciones a personas físicas bajo

los regímenes de locación de servicios y de obra hasta un monto máximo de pesos

veinticinco mil ($ 25.000) mensuales por contrato, dentro de sus disponibilidades

presupuestarias;

Que tanto el mencionado decreto, como la Resolución N° 3-SECLYT/11 establecen

que la contratación bajo el régimen de Locación de Obras y Servicios deberá tramitar

por Expediente Electrónico, utilizando el Módulo "LOyS" del Sistema de Administración

de Documentos Electrónicos -SADE-;

Que se ha dado cumplimiento con lo establecido por la mencionada resolución y

conforme surge del Anexo de la presente se ha originado un expediente electrónico

por cada persona a contratar;

Que, asimismo, los artículos 7° inciso h) y 8° de la Ley de creación de esta Agencia

Gubernamental de Control N° 2.624 facultan al Director Ejecutivo de la AGC a

contratar personal para la realización de tareas por tiempo determinado;

Que la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos, de la Dirección General...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR