Disposición Nº 20/GCABA/DGADC/14
Firmantes | Filippo |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Dirección General Administrativo Contable |
Fecha de la disposición | 4 de Febrero de 2014 |
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2014, Año de las letras argentinas"
VISTO:
La Ley N° 2.095, su Decreto Reglamentario N° 754/08 y modificatorio Decreto N°
232/10 y el Expediente N° 941.293/2010, y
CONSIDERANDO:
Que por la actuación citada en el Visto tramitó la Licitación Pública N°
2181/SIGAF/2010 para la "Provisión de Equipos Médicos, con destino a la Dirección
Programas Centrales dependiente de la Dirección General Programas Centrales del
Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", al amparo
de lo establecido en el artículo 31, primera parte del artículo 32 y concordantes de la
Ley N° 2095 y su Decreto Reglamentario N° 754/GCBA/08;
Que, en atención al resultado del procedimiento, mediante Disposición N°
19/DGADC/11 se adjudicó la contratación a la firma PROVEEDURIA MÉDICA S.R.L. -
C.U.I.T 30-60976921-8 y en consecuencia se emitió la Orden de Compra N°
24617/SIGAF/2011 a favor de la citada Empresa;
Que la mencionada Orden quedó perfeccionada el día 31 de mayo de 2011, con un
plazo de entrega de (25) veinticinco días contados a partir de la fecha de recepción de
la misma y con vencimiento el día 06 de julio de 2011;
Que la Empresa PROVEEDURIA MÉDICA S.R.L. solicitó una prórroga de sesenta (60)
días a partir de la fecha de vencimiento, para completar la entrega de la citada Orden
de Compra, manifestando que la solicitud se origina en la demora causada por su
proveedor;
Que la Dirección de Programas Centrales dependiente de la Dirección General Redes
y Programas de Salud del Ministerio de Salud acepta la prorroga solicitada,
manifestando que la misma no afectaría el desarrollo de las actividades del Programa;
Que, conforme surge de la documentación obrante en el actuado, la adjudicataria
efectuó las entregas en forma parcial con fechas 06/07/11, 13/07/11 y 29/09/11;
Que, la situación expuesta encuadra en lo previsto en los artículos 120,121 y 126 de la
Ley 2095 y su Decreto Reglamentario, y corresponde conceder la prórroga solicitada
por un plazo de 25 días, igual al fijado primitivamente para el cumplimiento de las
obligaciones y rehabilitar el contrato por la parte no cumplida en dicho plazo;
Que, en tal sentido, corresponde imponer a la empresa PROVEEDURÍA MÉDICA
S.R.L., por la mora en que incurriera en la entrega del equipamiento...
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