Disposición Nº 2093/GCABA/DGIUR/13

FirmantesLedesma
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General de Interpretación Urbanistica
Fecha de la disposición26 de Diciembre de 2013

VISTO:

El Expediente N° 5.036.666/2013 por el que se consulta sobre la factibilidad de

localizar el uso "Comercio Minorista golosinas envasadas (kiosco); Librería, papelería,

cartonería, impresos, filatelia, juguetería, discos y grabaciones", para el inmueble sito

en la calle Tronador N° 2311, Planta Baja, UF N° 3, con una superficie a habilitar de

18,02m2, y

CONSIDERANDO:

Que el predio en cuestión se encuentra afectado al Distrito U28 de Zonificación

General del Código de Planeamiento Urbano;

Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe N°

6585819-DGIUR- 2013, indica que para el presente caso es de aplicación lo normado

en el Parágrafo "5.4.6.29 Distrito U28 - Belgrano R: ..." "5) Usos:..." "5.1 Usos

permitidos... 5.1.2 Otros Usos: En los locales existentes no habilitados, se admitirá el

funcionamiento de usos comerciales y de servicios con una superficie máxima de

100m2 según lo siguiente:..." Librería y Papelería,...Quioscos";

Que en virtud de lo solicitado, se informa que: a.| El rubro "Comercio Minorista

golosinas envasadas (kiosco)" para el Distrito U28 se encuadra dentro de "Quiosco

(con las limitaciones de superficie del Código de Habilitaciones). Ley N° 123: Sin

Relevante Efecto (S.R.E.)" y pertenece a la Clase A, de Comercial Minorista y resulta

permitido hasta una superficie máxima de 100m2. b.| El rubro "Comercio Minorista de

Librería, papelería, cartonería, impresos, filatelia, juguetería, discos y grabaciones",

para el Distrito U28 se encuadra dentro de "Comercio minorista de Librería, papelería,

cartonería, impresos, filatelia, juguetería, discos y grabaciones" se encuadra dentro de

Papelería, librería, cartonería, impresos, cotillón, filatelia, venta de discos y

grabaciones, juguetes - Artículos de plástico y de embalaje - Artículos publicitarios

(dos máquinas fotocopiadoras como actividad complementaria). Ley N° 123: Sin

Relevante Efecto (S.R.E.)" y pertenece a la Clase A de Comercial Minorista y resulta

permitido hasta una superficie máxima de 100 m2;

Que con respecto a la documentación presentada, a fs. 1 Plano Nuevo; a fs. 2 y 3

Relevamiento Fotográfico; a fs. 4 y 5 Plano de uso; a fs. 7 y 8 Memoria descriptiva; de

fs. 11 a 16...

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