Disposición Nº 2078/GCABA/DGIUR/13
Firmantes | Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Dirección General de Interpretación Urbanistica |
Fecha de la disposición | 26 de Diciembre de 2013 |
VISTO:
El Expediente N° 1.550.291/2013, por el que se consulta sobre la localización de los
usos "Casa de Lunch; Café bar; Despacho de bebidas; Confitería; Masas,
Sándwiches; Productos alimenticios; Bebidas envasadas; Elaboración de productos de
Panadería; fabricación de masas, pasteles y sándwiches" sito en la calle Manzoni N°
28, desarrollado en la planta baja, con una superficie de 145,70 m2, y;
CONSIDERANDO:
Que el predio en cuestión se encuentra afectado a un Distrito R2aII de Zonificación
General del Código de Planeamiento Urbano Ley N° 449, texto ordenado Decreto N°
1181-GCBA-2007 (BOCBA N° 2.772); por lo que resulta de aplicación lo dispuesto en
el Parágrafo 5.4.1.3 del mismo código;
Que en relación a los usos solicitados, la Gerencia Operativa de Interpretación Urbana
informa en el Dictamen N° 3.548-DGIUR-2013, que según el Cuadro de Usos 5.2.1a);
SERVICIOS TERCIARIOS, CLASE A, SERVICIOS PARA LA VIVIENDA Y SUS
OCUPANTES, para los siguientes rubros corresponden: * "Bar café, Whiskería,
cervecería, lácteos, heladería, etc". - Referencia "C" ("El Consejo efectuara en cada
caso el estudio para determinar la conveniencia de la localización propuesta, y en su
caso el FOS correspondiente") - Ley N° 123 S.R.E. * "Productos alimenticios y/o
bebidas (excluido feria, mercado, supermercado y autoservicio), (se opere o no por
sistema de venta autoservicio)" - Referencia 200: superficie máxima 200 m2. - Ley N°
123 S.R.E. * "Elaboración de productos de Panadería; fabricación de masas, pasteles
y sándwiches" - Dada las dimensiones, donde se desarrolla la elaboración de los
alimentos y productos que se sirven, se interpreta que la elaboración a la que se hace
mención, se considera actividades complementarias inherentes al servicio de los
rubros principales. - Ley N° 123 S.R.E.;
Que del análisis de la documentación presentada, la mencionada Gerencia Operativa
observa que, se trata de un local ubicado en la planta baja de un edificio existente,
afectado al Régimen de Propiedad Horizontal;
Que el mismo, se ubica en la Parcela 15 en la manzana delimitada por las calles
Manzoni, Avenida Rivadavia...
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