Resolución Nº 29/GCABA/CDNNYA/14
Firmantes | Bendel |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | F/n Consejo de Los Derechos de Niñas Niños y Adolescentes |
Fecha de la disposición | 14 de Enero de 2014 |
VISTO:
La ley 114, la Ley 471, el Decreto N° 1550/08, el Expediente Electrónico N°
06234739/MGEYACDNNYA/13, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 45 de la Ley 114 se crea el Consejo de los Derechos de Niñas,
Niños y Adolescentes como organismo especializado que tiene a su cargo las
funciones que le incumben a la Ciudad en materia de promoción y protección de los
derechos de la infancia y adolescencia;
Que por el artículo 46 de la citada norma, el Consejo goza de autonomía técnica y
administrativa y autarquía financiera;
Que por el Decreto 1.550/08 el Jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires delegó
en los Ministros la facultad de autorizar en forma excepcional la ausencia sin goce de
haberes a los agentes comprendidos en la Ley 471, estableciendo que el período por
el cual se autoriza la ausencia no podrá exceder un (1) año, renovable por un período
similar;
Que por nota obrante en el Expediente como IF N° 06229400/CDNNYA/2013, la
agente Mariana Alejandra García, FC N°351.074, DNI N° 22.960.092, solicita licencia
extraordinaria sin goce de haberes, por razones de integración familiar, a partir del 1°
de marzo de 2014 y por el término de un (1) año;
Que motiva la solicitud, el traslado de su esposo con fines laborales a la Ciudad de
Santiago de Chile, Chile, a partir del 1° de marzo del año 2014, conforme la
documentación que acompaña;
Que la agente mencionada presta servicios en la Dirección General de Programas
Descentralizados de la Vicepresidencia del Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y
Adolescentes;
Que por IF N° 00272357/DGPDES/2014 la señora Directora General de Programas
Descentralizados, presta conformidad atento que la licencia no altera el normal
desarrollo de las tareas del sector;
Que la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa ha tomado la intervención en
el ámbito de su competencia.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 114, los Decretos N°
1550/2008 y 701/2011,
LA PRESIDENTE DEL CONSEJO
DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES
RESUELVE
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba