Resolución Nº 2/GCABA/MDEGC/14

FirmantesCabrera - Dietrich
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorMinisterio de Desarrollo Económico
Fecha de la disposición23 de Enero de 2014

VISTO:

Las Leyes N° 4.348 y N° 4.475, los Decretos N° 236/12 y N° 456/13, el Expediente N°

7428017/DGGI/13 y,

CONSIDERANDO

Que la Ley N° 4.348 tiene por objeto promover la conformación de predios dentro de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en donde se concentre y brinde la actividad del

transporte de cargas, incentivando las buenas prácticas para el sector, fomentando la

relocalización de empresas, adquiriendo economías de escalas, evitando la dispersión

territorial en áreas residenciales y optimizando los procesos, racionalizando y

ordenando la circulación de los vehículos de carga de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires;

Que la Cláusula Transitoria Primera de la citada Ley estableció que, a partir del

reconocimiento de los Centros de Concentración Logística (CCL), se sustituirá el

término de "predios", conforme a la definición del Artículo 1° de esa misma Ley, por el

de "Centros de Concentración Logística" (CCL);

Que el artículo 3° de la Ley N° 4.348, establece los requisitos que deben cumplir los

predios para que se autorice el establecimiento y desarrollo de las actividades arriba

detalladas; asimismo en su artículo 4°, se determinan las actividades que pueden

desarrollarse en los referidos predios;

Que el artículo 5° de la Ley en estudio creó el Registro de Empresas de Logística

Promovida (RELP), en el ámbito de la Subsecretaría de Transporte, dependiente de la

Jefatura de Gabinete de Ministros y fijó las condiciones de inscripción al mismo,

requisito para el otorgamiento de los beneficios que establece la norma en estudio;

Que en el Capítulo III de la referida ley, se establecen los incentivos promocionales

para aquellas personas físicas y jurídicas que estén inscriptas en el Registro de

Empresas de Logística Promovida;

Que el artículo 20° designa a la Subsecretaría de Transporte como Autoridad de

Aplicación de la mencionada normativa;

Que las facultades de promoción, fomento y gestión asignadas a la Autoridad de

Aplicación deben ser efectuadas en forma conjunta y coordinada con el Ministerio de

Desarrollo Económico, conforme a las...

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